NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 216
TEXTO PAGINA: 21
21 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / Autorizan transferencia financiera a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. para financiar proyecto de mejoramiento y ampliación de Sistema de Electrificación Rural, en el distrito de Llama, provincia de Chota, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 354-2022-MINEM/DM Lima, 29 de setiembre de 2022 VISTOS: El Memorando Nº 00671-2022-MINEM/ DGER-JAF de la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electri fi cación Rural; el Memorando N° 00758-2022/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 275-2022-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electri fi cación Rural; el Informe N° 210-2022/MINEM- OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0883-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el acápite v) del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) a realizar una transferencia fi nanciera a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), y de la empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA), en el marco de lo establecido en la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1207 y su Reglamento, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (Cien millones y 00/100 soles); Que, la precitada norma señala que la transferencia de los recursos se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados correspondiente a la Unidad Ejecutora 005 Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER); las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las empresas involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, bajo dicho contexto, el artículo 9 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, señala que los recursos que son empleados para la electri fi cación rural están destinados exclusivamente a la ejecución de proyectos, obras y subsidios de los Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como para promocionar la inversión privada; asimismo, los recursos están dirigidos a reforzar, ampliar, remodelar o mejorar la infraestructura eléctrica existente; para la ejecución de los proyectos u obras, la Dirección General de Electri fi cación Rural podrá destinar recursos a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA), previa suscripción de convenios; Que, los artículos 20, 21 y 22 del Reglamento de la Ley de Electri fi cación Rural, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-MEM, establecen los criterios y los procedimientos aplicables para fi nanciar la ejecución de proyectos de los nuevos SER, así como el reforzamiento, ampliación, remodelación, mejora de la infraestructura e inversiones de optimización, ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación eléctrica existente, a través de las transferencias fi nancieras a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a ADINELSA, con la fi nalidad de brindar un servicio de calidad, con fi able y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 225-2022-MINEM/DM, se autorizó la incorporación de mayores recursos presupuestales a través de una modi fi cación presupuestaria en el nivel institucional de la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 17 435 869,00 (Diecisiete millones cuatrocientos treinta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve y 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para la ejecución del Proyecto de Electri fi cación Rural denominado “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Electri fi cación Rural de 23 Comunidades del distrito de Llama, provincia de Chota, departamento de Cajamarca”, con CUI N° 2486774, en el marco de lo establecido en el acápite v) del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, con fecha 09 de setiembre de 2022, se suscribió el Convenio Nº 005-2022-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A., el cual tiene por objeto desarrollar el Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Electri fi cación Rural de 23 Comunidades del distrito de Llama, provincia de Chota, departamento de Cajamarca”; conforme a lo establecido en la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias, y el Decreto Supremo N° 018-2020- EM, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; Que, de acuerdo a lo señalado en la cláusula cuarta del mencionado Convenio para la transferencia de recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A., el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a la citada Empresa, por el monto de S/ 17 435 869,00 (Diecisiete millones cuatrocientos treinta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve y 00/100 soles) para llevar a cabo las actividades y/ o acciones establecidas en dicho Convenio; Que, mediante el Memorando Nº 00671-2022-MINEM/ DGER-JAF, la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electri fi cación Rural señala que dispone de los recursos fi nancieros para realizar la transferencia a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A., aprobando la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 486-2022-MINEM/DGER-JAF, por el monto de S/ 17 435 869,00 (Diecisiete millones cuatrocientos treinta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve y 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de la citada Empresa; Que, a través del Informe Nº 275-2022-MINEM/DGER- JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electri fi cación Rural señala que habiéndose suscrito el Convenio Nº 005-2022-MINEM corresponde que se emita el acto resolutivo autorizando la transferencia fi nanciera a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A.; Que, a través del Informe Nº 210-2022/MINEM- OGPP-OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para continuar con la suscripción del Proyecto de Convenio de Transferencia de Recursos entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A.;