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6 NORMAS LEGALES Martes 25 de abril de 2023 El Peruano / Mujer y Poblaciones Vulnerables, fase 2”, debido a que se cuenta con crédito presupuestario disponible y libre de afectación para comprometer el citado gasto, por lo que emite su opinión favorable a la resolución ministerial que aprueba la referida transferencia; Que, mediante Informe N° D000373-2023-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la Dirección General Contra la Violencia de Género, la Ofi cina General de Administración y la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, estima legalmente procedente la emisión de la presente resolución; Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General Contra la Violencia de Género, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2023 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de S/ 52 148,00 (CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar la auditoría fi nanciera gubernamental a la intervención “Fortaleciendo la prevención, mediante una estrategia nacional articulada, para la realización del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación basada en el género en el Perú, en el contexto de la emergencia sanitaria del COVID-19, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, fase 2” por el periodo comprendido del 21/04/2021 al 31/12/2021; del 01/01/2022 al 31/12/2022; y del 01/01/2023 al 20/07/2023. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones presupuestales que no resultan en producto, Actividad 5001072: Promoción de la Mujer; Meta 0148: Dirigir la Gestión de las Políticas Públicas Contra la Violencia de Género, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Especi fi ca del Gasto 2.4.1.3.11 “A Otras Unidades del Gobierno Nacional”, Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Acciones Administrativas La O fi cina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer que la presente Resolución se publique en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese. NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2172057-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000040-2023-CONADIS-PRE Mediante O fi cio N° D000064-2023-CONADIS-GG, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia N° D000040-2023-CONADIS-PRE, publicada en la edición del día 22 de abril de 2023. - En el quinto Considerando;DICE:“Que, en el numeral 3.1 del Informe N° D000077- 2023-CONADIS-URH de fecha 20 de abril de 2023, la Unidad de Recursos Humanos sostiene que “la propuesta de designación del señor Noam Dante Valentín López, (…)” DEBE DECIR:“Que, en el numeral 3.1 del Informe N° D000077- 2023-CONADIS-URH de fecha 20 de abril de 2023, la Unidad de Recursos Humanos sostiene que “la propuesta de designación del señor Noam Dante Valentín López Villanes, (…)” - En el Artículo 1; DICE:“Artículo 1.- DESIGNAR, al señor Noam Dante Valentín López, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Gerencia General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS)”. DEBE DECIR:“Artículo 1.- DESIGNAR, al señor Noam Dante Valentín López Villanes, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Gerencia General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS)”. 2172059-1 PRODUCE Delegan facultades y/o atribuciones en diversos órganos del FONDEPES FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 056-2023-FONDEPES/J Lima, 24 de abril de 2023 VISTOS: El Memorando N° 1393-2023-FONDEPES/ OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 1146-2023-FONDEPES/DIGENIPAA de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, el Memorando N° 410-2023-FONDEPES/OGA de la O fi cina General de Administración y el Informe N° 81-2023-FONDEPES/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,