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127 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2023 El Peruano / CONVENIOS INTERNACIONALES Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la Habilitación Permanente del Paso de Frontera San Lorenzo - Extrema NOTA RE (GAB) Nº 6/15 Lima, 23 de enero de 2020Excelentísima señora Ministra:Tengo a honra dirigirme a Vuestra Excelencia en relación a la Nota RE (GAB) N°6/132 del 7 de agosto de 2019, referente a las declaraciones adoptadas entre ambos Estados en el marco del V Gabinete Ministerial Binacional en la ciudad de Ilo del 25 de junio de 2019, relativos a la habilitación del paso de frontera San Lorenzo - Extrema, con la fi nalidad de continuar impulsando la integración del sector amazónico fronterizo. Al respecto, tengo a bien comunicar el propósito que anima al Gobierno del Perú de habilitar el paso de frontera San Lorenzo - Extrema de manera permanente, teniendo en cuenta tanto lo expresado en el punto número 21 de la Declaración de Ilo, suscrita por los Presidentes de ambos Estados, el 25 de junio de 2019, como en el compromiso número 9 acápites 1 y 2 del Eje IV (Infraestructura para la Integración y el Desarrollo) de su Plan de Acción. La presente y la Nota que con el mismo tenor tenga a bien hacerme llegar Vuestra Excelencia, constituirá un Acuerdo entre nuestros dos Estados y entrará en vigor en la fecha de recepción de la última noti fi cación, por vía diplomática, mediante la cual las Partes se comuniquen que han cumplido con los procedimientos legales internos para manifestar su consentimiento. En la convicción que la habilitación permanente del mencionado paso de frontera contribuirá al fortalecimiento de la amistad y cooperación bilateral, de los amplios intereses que compartimos y de la voluntad de integración y solidaridad entre nuestros pueblos; hago propicia la ocasión para renovar a Vuestra Excelencia los sentimientos de mi más alta consideración. GUSTAVO MEZA-CUADRA Ministro de Relaciones Exteriores A la Excelentísima señoraKAREN LONGARIC RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores delEstado Plurinacional de BoliviaLa Paz.- CITE: VCEI-DGICE-UIFCE-0548 H.R.: 5558.20La Paz, 09 MAR 2020 Excelentísimo Señor Ministro:Tengo el honor de dirigirme a usted, a fi n de referirme a su Nota RE (GAB) N° 6/15, referente a la habilitación permanente del paso fronterizo Extrema (Bolivia)- San Lorenzo (Perú), con el propósito de atender los requerimientos del tránsito de personas, vehículos y mercancías entre los dos países. Al respecto tengo a bien manifestar la plena conformidad del Estado Plurinacional de Bolivia con lo expresado en la mencionada nota, que indica lo siguiente:“Excelentísima señora Ministra: Tengo a honra dirigirme a Vuestra Excelencia en relación a la Nota RE (GAB) N° 6/132 del 7 de agosto de 2019, referente a las declaraciones adoptadas entre ambos Estados en el marco del V Gabinete Ministerial Binacional en la ciudad de Ilo el 25 de junio de 2019, relativos a la habilitación del paso de frontera San Lorenzo - Extrema, con la fi nalidad de continuar impulsando la integración del sector amazónico fronterizo. Al Excelentísimo señor GUSTAVO MEZA-CUADRA Ministro de Relaciones ExterioresRepública del PerúLima - Perú.- Al respecto, tengo a bien comunicar el propósito que anima al Gobierno del Perú de habilitar el paso de frontera San Lorenzo - Extrema de manera permanente, teniendo en cuenta tanto lo expresado en el punto número 21 de la Declaración de Ilo, suscrita por los Presidentes de ambos Estados, el 25 de junio de 2019, como en el compromiso número 9 acápites 1 y 2 del Eje IV (Infraestructura para la Integración y el Desarrollo) de su Plan de Acción. La presente y la Nota que con el mismo tenor tenga a bien hacerme llegar Vuestra Excelencia, constituirá un Acuerdo entre nuestros dos Estados y entrará en vigor en la fecha de recepción de la última noti fi cación, por vía diplomática, mediante la cual las Partes se comuniquen que han cumplido con los procedimientos legales internos para manifestar su consentimiento. En la convicción que la habilitación permanente del mencionado paso de frontera contribuirá al fortalecimiento de la amistad y cooperación bilateral, de los amplios intereses que compartimos y de la voluntad de integración y solidaridad entre nuestros pueblos; hago propicia la ocasión para renovar a Vuestra Excelencia los sentimientos de mi alta consideración”. En este sentido y considerando que la presente nota recoge el tenor de la nota recibida, queda constituido el Acuerdo entre nuestros dos Estados, mismo que entrará en vigor conforme a lo señalado en los párrafos precedentes. Con este motivo, hago propicia la oportunidad para reiterar a usted, las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. KAREN LONGARIC RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 2244292-1 Entrada en vigor del Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la Habilitación Permanente del Paso de Frontera San Lorenzo – Extrema. El Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la Habilitación Permanente del Paso de Frontera San Lorenzo – Extrema, constituido por la Nota RE (GAB) N° 6/15, de 23 de enero de 2020, suscrita por el Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, y la Nota CITE: VCEI-DGICE-UIFCE-0548, de 9 de marzo de 2020, suscrita por la Ministra de Relaciones Exteriores de Bolivia, fue ratifi cado internamente mediante el Decreto Supremo Nº 016-2023-RE, de 10 de agosto de 2023, y entró en vigor el 11 de diciembre de 2023. 2244294-1