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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 120

120 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2023 El Peruano / en la página web institucional de la Junta Nacional de Justicia o la noti fi cación en forma personal en el domicilio consignado o en el correo electrónico autorizado por el miembro destituido, lo que ocurra primero. La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de la resolución de destitución. El plazo para resolver el recurso de reconsideración es de sesenta días calendario”. Mediante Resolución N° 008-2020-JNJ, de fecha 22 de enero del año 2020, se aprobó el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, cuyo artículo 67° señala: “Procede aplicar la sanción de destitución de los/las jueces/juezas y Fiscales Supremos; y, de o fi cio o a solicitud de la autoridad que corresponda, a los/las jueces/juezas y Fiscales de los demás niveles, especialidades y condición (…)”. El artículo 68° indica: “La destitución conlleva la cancelación del título de juez/jueza o Fiscal, según corresponda. El/la magistrado(a) destituido no puede reingresar a la carrera judicial o fi scal”. Conforme a las disposiciones glosadas, se establece que la Junta Nacional de Justicia, como organismo constitucionalmente autónomo, tiene entre sus atribuciones la de emitir actos de gravamen, como son las sanciones disciplinarias a magistrados, potestad que tiene rango constitucional reconocida en el artículo 154° de la Constitución Política, y dentro de ellas, tiene atribución especí fi ca (conforme el numeral 3) de imponer la sanción más gravosa, como es la destitución de magistrados de todas las instancias. Dicho dispositivo constitucional ha merecido rápidamente su desarrollo constitucional a través de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley N° 30916, la cual establece en su artículo 45.1, literal e), que la ejecución de dicha sanción es inmediata, sin que la interposición del recurso de impugnatorio de reconsideración resulte óbice para su ejecución. Estando a lo expuesto, corresponde dar por concluida la designación del abogado Royer Ubaldo Paredes Figueroa, en el Despacho Fiscal que ocupa. En atribución a las facultades conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Royer Ubaldo Paredes Figueroa, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de San Román, Distrito Fiscal de Puno, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2507-2016-MP-FN, de fecha 24 de mayo de 2016, conforme a la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 220-2018-PCNM. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2245160-1 Amplían asignación temporal como apoyo al Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, de tres plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3512-2023-MP-FN Lima, 15 de diciembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1803-2019-MP-FN, de fecha 17 de julio de 2019, se resuelve, entre otros, asignar de manera temporal como apoyo a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2019, al Pool de Fiscales de Lima, tres (03) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, las mismas que provienen de las desactivadas Quinta, Décima Tercera y Décima Cuarta Fiscalía Provincial Civil de Lima, ampliándose dicha asignación, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2020, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3827-2019-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2019; y, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1510-2020-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2020, se prorrogaron a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2021. Por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 846-2021-MP-FN, de fecha 09 de junio de 2021, se dispuso entre otros, convertir el Pool de Fiscales de Lima, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, con todo su personal fi scal y administrativo. Con Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 984 y 1898-2021-MP-FN, 7981-2022-MP-FN, 760 y 1565-2023-MP-FN, de fechas 01 de julio y 30 de diciembre de 2021, 21 de diciembre de 2022, 30 de marzo y 28 de junio de 2023, respectivamente, se dispuso ampliar la asignación temporal como apoyo al Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, de las plazas señaladas en el primer párrafo, del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2021; del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2022; del 01 de enero al 31 de marzo de 2023; del 01 de abril al 30 de junio de 2023; y, del 01 de julio al 31 de diciembre de 2023, respectivamente. El Fiscal de la Nación interino, es el titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y e fi caz, permitiendo que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia. En ese sentido, considerando la necesidad de servicio, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente en el que se disponga la ampliación de las asignaciones temporales como apoyo de las plazas fi scales antes mencionadas, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2024. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Ampliar la asignación temporal como apoyo, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2024, al Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, de tres (03) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, las mismas que provienen de las desactivadas Quinta, Décima Tercera y Décima Cuarta Fiscalía Provincial Civil de Lima. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2245161-1