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121 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2023 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional Agraria de Apurímac ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2022-GR-APURIMAC/CR Abancay, 29 de diciembre de 2022EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC VISTO:En la Décima Segunda Sesión Ordinaria del Consejo Regional llevado a cabo en la ciudad de Abancay, el día veintiocho de diciembre del año dos mil veintidós, como Punto de Agenda: Proyecto de Ordenanza Regional “APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional Agraria de Apurímac, con un total de 146 cargos de los cuales 30 son ocupados y 116 previstos”. CONSIDERANDO:Que, por O fi cio Nº 986-2022-GR.APURIMAC/GR de fecha 22 de diciembre de 2022, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac, remite al Consejo Regional la opinión favorable para la aprobación del CAP Provisional de la Dirección Regional Agraria de Apurímac, mediante Ordenanza Regional, anexando el Informe Técnico Nº 000194-2022-SERVIR-GDSRH de fecha 15 de noviembre de 2022 de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Opinión Legal Nº 867-2022-GRAP/DRAJ de fecha 20 de diciembre de 2022 de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, entre otros; Que, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad a lo establecido en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, concordante con los artículos 8º, 9º y 31º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, entre los Documentos de Gestión Institucional de la Dirección Regional Agraria de Apurímac, necesarios para la formulación del CAP-P de la Dirección Regional Agraria de Apurímac, se encuentran el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2009-CR.APURIMAC, de fecha 23 de febrero de 2009; Cuadro de Asignación de Personal – CAP, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2010-CR.APURIMAC, de fecha 12 de marzo de 2010; Manual Clasi fi cador de Cargos (MCC), aprobado por Ordenanza Regional Nº 010-2022-GR.APURIMAC/CR, de fecha 30 de setiembre de 2022, respectivamente; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) aprobó la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la misma que conforme a lo dispuesto en la resolución que la aprueba, debe ser acatada por las entidades de la administración pública de los tres (3) niveles de gobierno, sujetándose a los plazos contenidos en esta para la elaboración y/o adecuación de su Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC), y para la formulación de su propuesta de Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional); Que, la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro de Asignación de Personal Provisional“, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, en el numeral 5. DISPOSICIONES GENERALES, sub numeral 5.1. De fi niciones, literal b) prevé “Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional): Documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE)”. Por otro lado el numeral 6 DISPOSICIONES ESPECIFICAS, sub numeral 6.2 Elaboración del CAP Provisional, acápite 6.3.1.8 de la referida normativa legal, señala que el CAP Provisional se aprueba a través de Ordenanza Regional tratándose de los Gobiernos Regionales y proyectos especiales adscritos, y las empresas pertenecientes a los Gobiernos Regionales; Que, el Informe Técnico Nº 000194-2022-SERVIR- GDSRH de fecha 15 de noviembre de 2022, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en el rubro V. CONCLUSIONES numeral 5.6, señala “En virtud del análisis realizado, se considera pertinente la propuesta de CAP Provisional presentado por la Dirección Regional Agraria de Apurímac - DRAA, por lo que se otorga la opinión favorable conforme señala el numeral 6.3.1.8 de la Directiva. Asimismo, se adjuntan los 3 formatos que conforman el CAP Provisional materia de análisis en el presente informe técnico; y se recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional, a través del dispositivo legal que corresponda, según lo establecido en el numeral citado”; Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, su fecha veintiocho de diciembre de 2022, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Reglamento Interno del Consejo Regional; Dictamen de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Cooperación Técnica Internacional, con el voto por unanimidad de sus miembros, y dispensa de lectura y aprobación del acta; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional Agraria de Apurímac, con un total de 146 cargos de los cuales 30 son ocupados y 116 previstos. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección Regional Agraria de Apurímac, el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DERÓGUESE, la Ordenanza Regional Nº 004-2010-CR.APURIMAC, de fecha 12 de marzo de 2010, así como las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Apurímac para su promulgación.