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241 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / MPCH, de fecha 15 de marzo de 2023; debiendo ser lo correcto: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios y representación de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, además de la Señora Regidora Karen Lizeth Tejada Tuesta y el Señor Regidor Lucas Francisco Merino Vigil, miembros del Honorable Concejo Provincial, para participar del Foro IMBRICS, denominada “Desarrollo de la Cooperación entre los Municipios de los Países BRICS”, que se llevará a cabo del 21 al 23 de marzo de 2023 en la Ciudad de Rio de Janeiro, Brasil. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la O fi cina General de Administración y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, la misma que formará parte integrante del Acuerdo de Concejo Nº 033-2023-MPCH, de fecha 15 de marzo de 2023. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la noti fi cación de la presente a las áreas correspondientes para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ZEYDI VALDEZ RUIZ RegidoraEncargada del Despacho de Alcaldía 2246103-4 Autorizan viaje de servidor a Chile en calidad de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 428-2023-MPCH San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 12 de octubre de 2023 VISTO:El Informe Nº 001312-2023-MPCH/OGAF, del 05 de octubre de 2023 suscrito por el Jefe de la O fi cina General de Administración y Finanzas; O fi cio Nº 042-2023-MPCH- SITRAMUCH/SG, del 03 de octubre de 2023, emitido por el Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas – SITRAMUCH; e Informe Legal Nº 242-2023-MPCH/OGAJ, del 11 de octubre de 2023; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, entendiendo que dicha autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante O fi cio Circular Nº 01-2023-ULATMUN, del 05 de julio de 2023, la Unión Latinoamericana de Trabajadores Municipales (ULATMUN), la Federación Nacional de Trabajadores Municipales de Chile (FENTRAMUCH), la Confederación de Obreros y Empleados Municipales de Argentina (COEMA) y la Federación de Trabajadores Municipales del Perú (FETRAMUNP), convocan a los Presidentes/as y Secretarios Generales de las Federaciones y Confederaciones de Trabajadores/as Municipales de América Latina y El Caribe, al Primer Congreso de Trabajadores y Trabajadoras Municipales de Latinoamérica y El Caribe-año 2023, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, los días 16 al 20 de octubre de 2023, a iniciarse desde las 9 am del día 16 de octubre, con el registro de las bases y dirigentes participantes; En ese contexto, con O fi cio Nº 042-2023-MPCH- SITRAMUCH/SG, del 03 de octubre de 2023, el señor Will Sánchez Muñoz, en su condición de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas-SITRAMUCH, en mérito al quinto acuerdo de la negociación colectiva del año 2017 plasmado en la Resolución de Alcaldía Nº 484-2014-MPCH y de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley Nº 27619, solicita autorización para realizar su viaje a la ciudad de Santiago de Chile, y permiso para no asistir a su centro de trabajo desde el 14 hasta el 21 de octubre de 2023, con la fi nalidad de participar en el evento antes indicado; Que, mediante Informe Nº 001312-2023-MPCH/ OGAF, del 05 de octubre de 2023, el Jefe de la O fi cina General de Administración y Finanzas eleva el expediente a la Gerencia Municipal, solicitando la emisión del acto resolutivo que corresponde para casos de autorización de salida del país de los trabajadores de nuestra entidad; Que, el segundo párrafo del numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 1 de la ley Nº 27619 – que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que: “Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del pueblo, el JNE, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, las Municipalidades y la Contraloría General de la República , se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad”, en su artículo 2 del mismo cuerpo legal, precisa que: “Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”, asimismo, en su artículo 3, re fi ere que: ”Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario ofi cial el Peruano, con anterioridad al viaje”; Que, el artículo 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 484- 2017-MPCH, del 22 de diciembre de 2017, se aprobó los acuerdos plasmados en el Acta de Reunión de Negociación Colectiva para el Año Fiscal 2018, celebrada entre la Municipalidad Provincial de Chachapoyas y el Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, de fecha 02 de octubre de 2017, estableciéndose en el quinto acuerdo lo siguiente: “La Municipalidad otorgará apoyo y facilidades a los dirigentes sindicales, delegados o representantes de bases para eventos provinciales, regionales, nacionales o internacionales, en eventos sindicales de capacitación, organización y deportivos, brindándoles apoyo económico de pasajes y viáticos, en cada oportunidad que lo solicite”; Que, por su parte, la licencia o permiso sindical a favor de los dirigentes de una organización sindical (sindicato, federación o confederación) se regula mediante las pautas indicadas en el artículo 61 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, el cual prescribe lo siguiente: “(…) El convenio colectivo podrá contener las estipulaciones tendientes a facilitar las actividades sindicales en lo relativo a reuniones, comunicaciones, permisos y licencias sindicales, las mismas que con fi guran un supuesto de suspensión