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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2023 (11/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de enero de 2023 El Peruano / materia de infraestructura educativa, a fi n de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, mediante Resolución Ministerial N° 550-2014-MINEDU, se de fi nió como Entidades Tipo B del Ministerio de Educación, solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos al Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo -PRONABEC y al Programa Nacional Infraestructura Educativa - PRONIED; Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil establece que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por SERVIR y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, así como gestionar los perfi les de puestos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057 aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y sus modi fi catorias, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del Trabajo y su Distribución, que de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos; Que, la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, en adelante la Directiva, señala las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, aprobación y modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, conforme lo de fi ne la Directiva señalada en el considerando precedente, el Manual de Clasi fi cador de Cargos es un documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que el numeral 6.1.4 comprendido dentro del numeral 6.1. “Elaboración y aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos” del punto 6 “Disposiciones Especí fi cas” de la Directiva, precisa que la información dispuesta sobre los cargos estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasi fi cación, sigla, denominación, funciones y requisitos (Anexo N° 5); debiendo recurrir, en adición a los documentos citados en el numeral 6.1.3 de la Directiva antes mencionada, a la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, y al MOF vigente de la entidad, de corresponder; Que, asimismo el numeral 6.1.7. de la Directiva señala que la O fi cina de Recursos Humanos, o la que haga las veces, debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos al titular de la entidad, previa opinión técnica favorable de la O fi cina de Pani fi cación y Presupuesto, en lo concerniente al ámbito de su competencia, y el numeral 6.1.8. precisa que, si la entidad constituye una entidad Tipo B, previa a la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos por parte de su titular, debe remitir la propuesta al titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita, para que realice la evaluación correspondiente; Que, la segunda disposición complementaria fi nal de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, establece que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida ley; debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contados a partir de la publicación de su reglamento; Que, a través de la cuarta disposición complementaria fi nal del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, se dispone que las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Per fi les de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de dicha norma; Que, mediante Informes N° 000817 y 000924-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-OGAD-UDRH la Unidad de Recursos Humanos emite la propuesta de Manual del Clasi fi cador de Cargos del PRONIED, la cual fue elaborada en función de las consideraciones establecidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, así como las modi fi caciones señaladas por la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, que fueron remitidas mediante el O fi cio N° 01283-2022-MINEDU/SG-OGRH; Que, a través del Informe N° 001184-2022-MINEDU- VMGI-PRONIED-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable a la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el cual es remitido mediante O fi cio N° 0000673-2022-MINEDU- VMGI-PRONIED-OGAD-UDRH a la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación para la evaluación correspondiente; Que, mediante O fi cio N° 01453-2022-MINEDU/SG- OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación como Entidad Tipo A, remite el Informe N° 01102-2022-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER, a través del cual se otorga opinión técnica favorable a la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional de Infraestructura Educativa; precisándose que la misma cumple con los lineamientos señalados en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y se encuentra alineada al Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Educación, aprobado mediante Resolución de Secretaría General N° 197-2022-MINEDU; Que, a través del Informe N° 001016 -2022-MINEDU- VMGI-PRONIED-OGAD-UDRH, la Unidad de Recursos Humanos remite la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, la cual señala cuenta con la opinión técnica favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, cumpliendo de esta manera con las disposiciones previstas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, por lo que corresponde su aprobación; Que, mediante Informe N° 003636-2022-MINEDU- VMGI-PRONIED-OAJ la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable la aprobación del proyecto de “Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional de Infraestructura Educativa”, toda vez que guarda concordancia con las disposiciones establecidas en la base legal desarrollada en dicho Informe, así como cumple con la información de los cargos estructurales de la entidad prevista en el Anexo 5 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, señalada en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba