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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2023 (20/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / Pasado el plazo otorgado, no se recibió comunicación alguna; Que, mediante Memorando N° 001368-2022-DSFL/ MC y Memorando N° 1367-2022-DSFL/MC, del 10 de noviembre de 2022, se solicitó la con fi rmación a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y de Pasco, respectivamente, sobre la existencia de algún Certi fi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos - CIRA, emitido sobre el ámbito delimitado según Plano PP-124- MC_DGPA/DSFL-2016 WGS84. En respuesta, mediante Memorando N° 000591- 2022-DDC JUN/MC la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín remite el Informe N° 000504-2022-DDC JUN-JSF/MC donde se concluye que no existe ningún CIRA emitido en superposición y/o colindancia al polígono del Sitio Arqueológico Tsimeri; asimismo, mediante Memorando N° 000454-2022-DDC PAS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco remite el Informe N° 00273-2022-DDC PAS-REA/MC donde concluye que no se ha ubicado solicitud de CIRA en la DDC Pasco sobre dicho ámbito; Que, por Informe N° 000011-2023-DSFL/MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble el expediente administrativo que recomienda la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico “Tsimeri”, ubicado entre los distritos de San Luis de Shuaro y Oxapampa, en las provincias de Chanchamayo y Oxapampa, departamentos de Junín y Pasco; Que, mediante Informe N° 000003-2023-DGPA/MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de las facultades previstas por el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, esto es, la prerrogativa para identi fi car, inventariar y registrar los monumentos arqueológicos con fi nes de declaración y delimitación, emite opinión favorable para la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación y aprobación del expediente técnico del Sitio Arqueológico “Tsimeri”; Con la visación de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 005- 2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico “Tsimeri”, ubicado entre los distritos de San Luis de Shuaro y Oxapampa, en las provincias de Chanchamayo y Oxapampa, departamentos de Junín y Pasco: Departamento Junín y Pasco Provincia Chanchamayo y Oxapampa Nombre del Sitio ArqueológicoDistritoDatum WGS84 Zona 18 sur UTM Este UTM Norte TSIMERISan Luis de Shuaro y Oxapampa460439.9082 8801014.5337 Artículo 2.- Aprobar el expediente de declaratoria (fi cha o fi cial de inventario de monumentos arqueológicos prehispánicos, fi cha técnica para declaratoria como patrimonio cultural de la nación, fi cha de registro fotográ fi co) y el expediente técnico (memoria descriptiva, fi cha técnica, plano perimétrico y de ubicación) del Sitio Arqueológico “Tsimeri”, según los datos técnicos que se detallan a continuación: Nombre del Sitio ArqueológicoNúmero de plano en Datum WGS84 Área(m2) Área(ha)Perímetro (m) TSIMERIPP-124-MC_DGPA/ DSFL-2016 91,939.03 9.1939 1,310.80 UB-009-MC_DGPA- DSFL-2018 Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal la inscripción de la condición cultural sobre la Partida N° 11099367 del Registro de Predios de la O fi cina Registral Selva Central, Zona Registral N° VIII-Sede Huancayo, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, respecto al Expediente aprobado en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar al Sitio Arqueológico “Tsimeri”, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5.- Remitir copia certi fi cada de la presente resolución y el expediente técnico y de declaratoria del Sitio Arqueológico “Tsimeri”, a los Gobiernos Regionales de Junín y de Pasco; a las Municipalidades Provinciales de Chanchamayo y Oxapampa; y, a las Municipalidades Distritales de San Luis de Shuaro y Oxapampa, para conocimiento y a efectos de que el citado Sitio Arqueológico sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Asimismo, remitir copia certi fi cada de la presente resolución y el expediente técnico y de declaratoria del Sitio Arqueológico a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, al INGEMMET, a las Direcciones Desconcentradas de Cultura de Junín y Pasco, y al titular de las concesiones mineras, Exploraciones Mineras San Ramón S.A., para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2144087-1 DEFENSA Autorizan viaje de cadetes del Ejército del Perú a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0052-2023-DE Lima, 18 de enero de 2023 VISTOS: El O fi cio Nº 014 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 00124-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00093-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 279/AGREMIL PERÚ- BRASIL/W-c.3.4, el Agregado Militar Adjunto Perú-Brasil hace de conocimiento del Ejército del Perú que, a través del O fi cio Nº 3372-SRI/5 SCh/EME, el Jefe de la Sección de Relaciones Internacionales del Ejército del Brasil ha