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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2023 (20/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / Defensa; y, sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete I Juan Manuel LOZANO FLORES (Titular), identi fi cado con DNI N° 71965417, y del Cadete I Johan Harold MAQUE OYOLA (suplente), para la participación en el “Curso de Formación de O fi ciales en la Academia Militar de Agulhas Negras (AMAN)”, a realizarse en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 22 de enero de 2023 al 8 de diciembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 21 de enero de 2023 y su retorno el 9 de diciembre de 2026. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje Aéreo (ida): Lima – Rio de Janeiro - (Clase económica): US$ 850.00 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 850.00Gastos de traslado (ida) (equipaje, bagaje e instalación): US$ 1,045.35 x 1 x 1 persona US$ 1,045.35Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero (20%): Solo los días laborables : US$ 209.07/31 x 7 días x 1 persona (enero 2023) US$ 47.21 US$ 209.07/28 x 17 días x 1 persona (febrero 2023) US$ 126.94US$ 209.07/31 x 23 días x 1 persona (marzo 2023) US$ 155.12US$ 209.07/30 x 18 días x 1 persona (abril 2023) US$ 125.44US$ 209.07/31 x 22 días x 1 persona (mayo 2023) US$ 148.37US$ 209.07/30 x 21 días x 1 persona (junio 2023) US$ 146.35US$ 209.07/31 x 21 días x 1 persona (julio 2023) US$ 141.63US$ 209.07/31 x 23 días x 1 persona (agosto 2023) US$ 155.12US$ 209.07/30 x 20 días x 1 persona (setiembre 2023) US$ 139.38US$ 209.07/31 x 21 días x 1 persona (octubre 2023) US$ 141.63US$ 209.07/30 x 20 días x 1 persona (noviembre 2023) US$ 139.38US$ 209.07/31 x 20 días x 1 persona (diciembre 2023) US$ 134.88 ------------------ Sub total a pagar: US$ 1,601.45 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero (100%): Sábados, Domingos y Feriados (días no laborables) : US$ 1,045.35/31 x 3 días x 1 persona (enero 2023) US$ 101.16 US$ 1,045.35/28 x 11 días x 1 persona (febrero 2023) US$ 410.67US$ 1,045.35/31 x 8 días x 1 persona (marzo 2023) US$ 269.77US$ 1,045.35/30 x 12 días x 1 persona (abril 2023) US$ 418.14US$ 1,045.35/31 x 9 días x 1 persona (mayo 2023) US$ 303.49US$ 1,045.35/30 x 9 días x 1 persona (junio 2023) US$ 313.61US$ 1,045.35/31 x 10 días x 1 persona (julio 2023) US$ 337.21US$ 1,045.35/31 x 8 días x 1 persona (agosto 2023) US$ 269.77US$ 1,045.35/30 x 10 días x 1 persona (setiembre 2023) US$ 348.45US$ 1,045.35/31 x 10 días x 1 persona (octubre 2023) US$ 337.21US$ 1,045.35/30 x 10 días x 1 persona (noviembre 2023) US$ 348.45US$ 1,045.35/31 x 11 días x 1 persona (diciembre 2023) US$ 370.93 ------------------ Sub total a pagar: US$ 3,828.86 Total a pagar en dólares americanos: US$ 7,325.66 Artículo 3.- La participación del Cadete suplente quedará supeditada a la imposibilidad de la participación del Cadete titular. Artículo 4.- El Comandante General del Ejército del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del Cadete. Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Ejército del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 6.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 7.- El Cadete autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2144440-1 Autorizan viaje de Cadetes Navales de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0057-2023-DE Lima, 18 de enero de 2023 VISTOS: Los O fi cios Nº 7630/52 y Nº 0132/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 02972-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00081-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el 10 de noviembre de 2022, el Asistente Ejecutivo de la O fi cina de Programas Internacionales de la Academia Naval de los Estados Unidos - United States Naval Academy (USNA) cursa invitación a la Jefatura del Departamento de Formación Académica de la Escuela Naval del Perú, a fi n de que una delegación de Cadetes Navales participe en la Conferencia de Liderazgo “Naval Academy Leadership Conference 2023”, a realizarse en dicha Academia Naval, en la ciudad de Annapolis, Estado de Maryland, Estados Unidos de América, del 22 al 25 de enero de 2023; Que, a través del Informe Legal Nº 081-2022/AS- DGE, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de los Cadetes de Cuarto Año: Augusto Mauricio LOAIZA DÍAZ, Marcelo Miguel DIEZ HUAYLINOS, Stephano Braht PAZ ESPINOZA y de Andrea Claudia ARÉVALO CUBA, para que participen en la referida Conferencia, en el lugar y fechas programadas; asimismo, precisa que los gastos por concepto de alimentación, hospedaje y transporte interno serán proporcionados por el Gobierno de los Estados Unidos, debiendo la Marina de Guerra del Perú asumir los gastos de pasajes aéreos y terrestres de ida y vuelta; Que, con O fi cio Nº 1871/52, la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra remite a la Comandancia General de la citada Institución Armada la documentación pertinente para la tramitación de la presente autorización del viaje, en misión de estudios, adjuntando la Exposición de Motivos, la cual señala que resulta conveniente para