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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2023 (20/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / concedido una (1) vacante para el “Curso de Formación de O fi ciales en la Academia Militar de Agulhas Negras (AMAN)”, en el periodo del 2023 al 2026; asimismo, en la fi cha de información adjunta se especi fi ca que el mencionado curso inicia el 6 de febrero de 2023 y culmina el 8 de diciembre de 2026, debiendo presentarse el Cadete que se designe en dicha Academia el día 22 de enero de 2023; Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 001/U-8.f.2(b), elaborada por la Dirección de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa al Cadete I Juan Manuel LOZANO FLORES (titular) y al Cadete I Johan Harold MAQUE OYOLA (suplente), para participar en el “Curso de Formación de O fi ciales en la Academia Militar de Agulhas Negras (AMAN)”, a realizarse en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 22 de enero de 2023 al 8 de diciembre de 2026; Que, la Exposición de Motivos, suscrita por el Director de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de los mencionados Cadetes, para la participación en el “Curso de Formación de O fi ciales en la Academia Militar de Agulhas Negras (AMAN)”, por cuanto, permitirá intercambiar conocimientos y experiencias que contribuirán para el logro de un alto grado de instrucción, con la fi nalidad de desempeñarse e fi cientemente en el servicio de la Institución Armada; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 01/U-8.b.1/05.00, el Director de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” informa que, de acuerdo a coordinaciones realizadas con la Academia Militar de Agulhas Negras (AMAN) de la República Federativa del Brasil, el Cadete designado saldrá de dicho reciento los días sábados, domingos y feriados, días en los cuales solventará sus gastos de alojamiento y alimentación; siendo que, de acuerdo a la fi cha de información adjunta a la carta de invitación el Cadete autorizado recibirá alojamiento y alimentación durante su formación académica; por lo que, corresponde que, durante los días laborables, se le otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de Personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior. Asimismo, se debe de considerar el cien por ciento (100%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero por los días sábados, domingos y feriados, a fi n de que el Cadete pueda solventar durante esos días los gastos de transporte local, alimentación y alojamiento, de acuerdo al calendario festivo 2023 de la República Federativa del Brasil remitido a través del correo de fecha 17 de enero de 2023 por la Jefatura del Departamento de Resoluciones de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú; Que, a través del Dictamen Legal Nº 107-2023/OAJE, la Jefatura de la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete I Juan Manuel LOZANO FLORES, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación oportuna del Cadete designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de Educación del Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú, los gastos por conceptos de pasajes aéreos internacionales, traslado de ida y compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero del año 2023, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 del Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con los artículos 7 y 8 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000348, Nº 0000000463 y Nº 0000000464, emitidas por el Jefe de la O fi cina de Presupuesto del Ejército del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior para el año 2023; precisando que, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 al 8 de diciembre de 2026, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Ejercito del Perú del Año Fiscal respectivo; Que, con O fi cio Nº 014 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita se gestione la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete I Juan Manuel LOZANO FLORES como titular y de su suplente, para que participe en el Curso de Formación de O fi ciales en la Academia Militar de Agulhas Negras (AMAN), en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 22 de enero de 2023 al 8 de diciembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 21 de enero de 2023 y su retorno el 9 de diciembre de 2026; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE- SG, se aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, cuyo artículo 4 señala que el Personal Militar y Civil del Sector Defensa que viaja al exterior en las modalidades reguladas en el mismo, comprende los grupos de personal civil y personal militar, encontrándose en este último grupo a los cadetes, alumnos y personal de tropa; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, a través del O fi cio N° 00124-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico N° 022-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior, señalando que el mismo se encuentra conforme con los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Informe Legal N° 00093-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete I Juan Manuel LOZANO FLORES y otro, para la participación en el “Curso de Formación de O fi ciales en la Academia Militar de Agulhas Negras (AMAN)”, en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector