TEXTO PAGINA: 22
22 NORMAS LEGALES Viernes 20 de enero de 2023 El Peruano / Disponen no acceder a solicitud de extradición pasiva de ciudadano venezolano, para ser extraditado de la República del Perú y ser procesado en la República Bolivariana de Venezuela RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2023-JUS Lima, 19 de enero de 2023VISTO; el Informe N.º 087-2021/COE-TPC, del 24 de mayo de 2021, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano de nacionalidad venezolana LUIS ALBERTO MELEAN BENCOMO, formulada por las autoridades competentes de la República Bolivariana de Venezuela, para ser procesado por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado, en agravio de José Gregorio Parra Labarca; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 17 de febrero de 2020, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano de nacionalidad venezolana LUIS ALBERTO MELEAN BENCOMO, formulada por las autoridades competentes de la República Bolivariana de Venezuela, para ser procesado por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado, en agravio de José Gregorio Parra Labarca (Expediente N.º 94-2019); Que, el literal b) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición pasiva formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N.º 087-2021/COE-TPC, del 24 de mayo de 2021, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone no acceder a la solicitud de extradición pasiva de la persona requerida, formulada por las autoridades competentes de la República Bolivariana de Venezuela, para ser procesada por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado, en agravio de José Gregorio Parra Labarca, por cuanto los hechos que se le atribuyen habrían ocurrido cuando aún era menor de edad, por lo que resultaría inimputable de la comisión de un delito, a la luz de lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 20 del Código Penal peruano; Que, conforme a la Convención de Derecho Internacional Privado (Código de Bustamante), fi rmada por la República Bolivariana de Venezuela el 20 de febrero de 1928 y rati fi cada el 23 de diciembre de 1931, y fi rmada por la República del Perú el 20 de febrero de 1928 y rati fi cada el 1 de agosto de 1929; así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga la Convención;En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- No acceder a la solicitud de extradición pasiva del ciudadano venezolano LUIS ALBERTO MELEAN BENCOMO para ser extraditado de la República del Perú y ser procesado en la República Bolivariana de Venezuela por la presunta comisión del delito de homicidio califi cado, en agravio de José Gregorio Parra Labarca. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANDRÉS TELLO ALFARO Ministro de Justicia y Derechos Humanos yEncargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 2144714-5 Acceden a solicitud de traslado activo del ciudadano peruano que se encuentra cumpliendo sentencia en Centro Penitenciario de la República Popular China, para cumplir resto de condena en establecimiento penitenciario de la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2023-JUS Lima, 19 de enero de 2023VISTO; el Informe N.º 187-2022/COE-TPC, del 28 de noviembre de 2022, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado activo del ciudadano de nacionalidad peruana ROLANDO WASHINTON REINA GRANDEZ; CONSIDERANDO:Que, el ciudadano de nacionalidad peruana ROLANDO WASHINTON REINA GRANDEZ, quien se encuentra cumpliendo sentencia en el Centro Penitenciario de Yancheng en la República Popular China, solicita ser trasladado a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales chinas, por la comisión del delito de trá fi co de drogas; Que, conforme al numeral 2) del artículo 540 del Código Procesal Penal, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas; Que, el literal c) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado activo; Que, mediante Informe N.º 187-2022/COE-TPC, del 28 de noviembre de 2022, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de traslado activo del ciudadano de nacionalidad peruana ROLANDO WASHINTON REINA GRANDEZ a fi n de ser trasladado del Centro Penitenciario de Yancheng en la República