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11 NORMAS LEGALES Jueves 26 de enero de 2023 El Peruano / Mayor de O fi ciales (CGSOC) de la Escuela de Educación Militar Profesional (SPME), en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), ubicado en el Fort Benning, ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 31 de enero de 2023 al 31 de enero de 2025; así como, autorizar su salida del país el 30 de enero de 2023 y su retorno el 1 de febrero de 2025. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Gastos de Traslado (Ida): equipaje, bagaje e instalación US$ 6,416.28 x 2 US$ 12,832.56 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero:US$ 6,416.28 /31 x 1 día x 1 persona (31 ene 2023) US$ 206.98US$ 6,416.28 x 11 meses x 1 persona (feb – dic 2023) US$ 70,579.08 Total a pagar US$ 83,618.62 Artículo 3.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Ejército del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 6.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero será reducida, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 7.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal. Artículo 8.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 9.- El personal militar autorizado revistará en la O fi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 10.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 11.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2145859-1DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Director de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0029-2023-MIDAGRI Lima, 25 de enero de 2023VISTOS:La Nota Interna N° 0041-2023-MIDAGRI-SG, de la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Memorando N° 000123-2023-MIDAGRI-SG/OGGRH de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, que adjunta el Informe N° 0044-2023-MIDAGRI-SG/OGGRH-ODTH, de la O fi cina de Desarrollo del Talento Humano; y, el Informe N° 0089-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0311-2022-MIDAGRI, se designó al señor Carlos Fabio Izaguirre Jacinto, en el cargo de Director de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla y, designar en el citado cargo al profesional que lo desempeñará; Con las visaciones del Secretario General; del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Carlos Fabio Izaguirre Jacinto, al cargo de Director de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Bruno José Bocchio Nieves, en el cargo de Director de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2146083-1