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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2023 (26/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 26 de enero de 2023 El Peruano / por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM y sus modi fi catorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la fi nalidad de brindar protección social a los adultos mayores a partir de los 65 años, que viven en situación de vulnerabilidad, entregándoles una subvención monetaria que les permita incrementar su bienestar, y mejorar sus mecanismos de acceso a los servicios públicos que brinda el Estado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, estableciendo en su artículo 8 que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Nacional, encontrándose a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a quien ejerce su representación legal; Que, mediante Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, se establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Con fi anza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del referido Decreto Legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 087-2018-MIDIS, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el día 30 de marzo de 2018, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, el cual contempla el cargo estructural de Coordinador Técnico, considerado como cargo de con fi anza; Que, mediante Resolución Directoral N° 032-2018-MIDIS/P65-DE se aprueba el Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, modi fi cado mediante la Resolución Directoral N° D000167-2021-PENSION65-DE, el mismo que establece los requisitos mínimos del cargo de Coordinador Técnico del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65; Que, a través del Informe N° D000023-2023- PENSION65-URH de fecha 24 de enero de 2023, la Unidad de Recursos Humanos emite opinión técnica favorable a la propuesta remitida por la Dirección Ejecutiva sobre la designación del señor Alexandro Daniel Saco Valdivia, en el cargo de con fi anza de Coordinador Técnico del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, en tanto cumple con los requisitos contemplados en el Clasi fi cador de Cargos de la Entidad, Que, mediante Informe N° D000026-2023- PENSION65-UAJ de fecha 24 de enero de 20232, la Unidad de Asesoría Jurídica estima viable la expedición del presente acto resolutivo, por encontrarse acorde a la normativa vigente, y por estar dicho cargo vacante al momento de la designación formulada; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con el visado del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos y de la Jefa de la Unidad Asesoría Jurídica y; de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, norma de creación del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y modi fi catorias; y en la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, al señor Alexandro Daniel Saco Valdivia, en el cargo de Coordinador Técnico del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el día de publicado el mismo, la Unidad de Comunicación e Imagen de este Programa Nacional proceda a publicarlo en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: http://www.gob.pe/pension65. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO MENDIGURE FERNÁNDEZ Director EjecutivoPrograma Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” 2145962-1 ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de la Reserva de Contingencia DECRETO SUPREMO Nº 005-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 1 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2023, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, lo que comprende los recursos que se autoricen mediante modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional o en el nivel funcional programático mediante una norma con rango de ley y los recursos que se asignen o trans fi eran para el fi nanciamiento de los fi nes de los Fondos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor de la Reserva de Contingencia a la que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; exceptuando a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales de lo establecido en el artículo 49 del citado Decreto Legislativo; Que, el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos;