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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2023 (26/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 26 de enero de 2023 El Peruano / montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar deDisponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio N° 00109-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 019-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Informe Legal N° 00127-2023-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Coronel EP Jesús Teó fi lo URIBE RAMOS (titular) y del Mayor EP Neyelko Miguel ACOSTA ARANIBAR (suplente), para participar en el “Curso de Comando y Estado Mayor para O fi ciales de las Naciones Amigas (CCEM/ONA)”, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Coronel EP Jesús Teó fi lo URIBE RAMOS (titular), identi fi cado con DNI N° 40411748 y CIP N° 121447000, y del Mayor EP Neyelko Miguel ACOSTA ARANIBAR (suplente) identi fi cado con DNI N° 43361124 y CIP N° 122197300, para que participe en el “Curso de Comando y Estado Mayor para O fi ciales de las Naciones Amigas (CCEM/ONA)”, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 30 de enero al 23 de noviembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 29 de enero y su retorno el 24 de noviembre de 2023. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos:Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima - Río de Janeiro - Lima (clase económica) US$ 2,000.00 x 1 (Titular) US$ 2,000.00 Gastos de Traslado (Ida): equipaje, bagaje e instalación US$ 6,272.09 x 2 US$ 12,544.18 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US $ 6,272.09/31 x 2 días x 1 persona (30 – 31 ene 2023) US$ 404.65US $ 6,272.09 x 9 meses x 1 persona (feb - oct 2023) US$ 56,448.81US $ 6,272.09/30 x 23 días x 1 persona (1 – 23 nov 2023) US$ 4,808.60 Total a pagar US$ 76,206.24 Artículo 3.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero será reducida, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 5.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal. Artículo 6.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2145857-1 Autorizan viaje de personal militar a los EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0075-2023-DE Lima, 24 de enero de 2023 VISTOS: Los O fi cios Nº 009 SCGE/N-04 y Nº 0329/W-f.1 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 00107-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00118-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 0423/MAAG/ARSEC-ENT, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América remite al Comandante General del Ejército del Perú, la Carta del Comandante del Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC)por medio de la cual solicita proporcionar un Instructor en el Curso de Comando y Estado Mayor de Ofi ciales (CGSOC) de la Escuela de Educación Militar Profesional (SPME), en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), ubicado en el