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47 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de febrero de 2023 El Peruano / de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Ajustador de Siniestros de Seguros Generales y punto 2. Ajustador de Siniestros de Seguros Marítimos, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2148646-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Declaran elegidos Presidente y Vicepresidenta del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, por el periodo 2023 ACUERDO REGIONAL Nº 001-2023-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 1 de enero del 2023 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO:Que, la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR- AREQUIPA, ha establecido la separación de poderes al interior del Gobierno Regional de Arequipa, entre el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador y el Ejecutivo del Gobierno Regional de Arequipa; Que, conforme lo establece la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, 27867 y sus modi fi catorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional N° 154-Arequipa y sus modi fi catorias; cada inició de ejercicio debe elegirse a un Presidente y Vicepresidente del Consejo Regional por el período de un año, siendo así que en la fecha se ha llevado la elección pública y democrática del Presidente y del Vicepresidente; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, el Reglamento Interno del Consejo Regional, el Consejo Regional procedió a realizar la correspondiente elección democrática para elegir al Vicepresidente del Consejo para el período del año 2023; ACUERDA:Primero.- DECLARAR que como resultado de la elección democrática, universal y pública ha sido elegido Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa el señor abogado MIGUEL ANGEL LINARES RIVEROS, por el período 2023. Segundo.- DECLARAR que como resultado de la elección democrática, universal y pública ha sido elegida Vicepresidenta del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa la señora abogada NORMA ALEJANDRA ORTEGA VALDIVIA, por el período 2023. Tercero.- Disponer la publicación del presente acuerdo regional, en el diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese y cúmplase.MIGUEL ANGEL LINARES RIVEROS PresidenteConsejo Regional 2149277-1 Declaran el inicio de la Reestructuración orgánica y funcional del Gobierno Regional de Arequipa ACUERDO REGIONAL Nº 005-2023-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 30 de enero del 2023El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, nuestra Constitución Política de 1993, reformada por la Ley N° 27680, en el Capítulo sobre Descentralización, establece que: “…es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio…” (Artículo 188); ((ii)) que los “…gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia…” (Artículo 191); y, ((iii)) son competentes para: “…1. Aprobar su organización interna y su presupuesto…” (Artículo 192); Que, la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, regula la estructura y organización del Estado en sus tres niveles de gobierno (nacional, regional y local), de fi ne las autonomías: política (normar), económica (aprobar su presupuesto); y, administrativa (facultad de organizarse internamente) y señala los tipos de competencias 8Excluisva, Compartidas y Delegadas); Que, corresponde a la Ley Nª 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, mencionar que en cuanto a la “…legitimidad y naturaleza jurídica, los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa…”: ((i)) son competentes para: “a) Aprobar su organización interna y su presupuesto.” artículo 9; ((ii)) el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional – artículo 13; ((iii)) dentro de sus atribuciones del Consejo Regional tiene: “…a. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.”; ((iv)) el Consejo Regional dicta normas como ordenanzas regionales (norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia…” artículo 38) y acuerdos regionales (expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.”; – artículo 39); Que, la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA que aprueba la Modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, rati fi ca la competencia del gobierno regional, sus autonomías y aprobación de la organización interna; en tal sentido, expresa como una de las atribuciones del Consejo Regional: “ A) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional de Arequipa…” – artículo 14, siendo rati fi cado por el Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa, aprobado por Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA y modi fi catorias, que dentro de sus disposiciones regula el procedimiento legislativo mediante actos normativos, estipulados en el Artículo 58° y que textualmente dice: