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52 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de febrero de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Delegan en el Secretario General la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 004-2023/MDSMP San Martín de Porres, 1 de enero de 2023EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; VISTO: el Informe N°001-2023-SGP/GPP/MDSMP de la Subgerencia de Presupuesto, el Memorándum N°001-2023-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N°30305, establece que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo anotado por el Articulo II del Título Preliminar de la Ley 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 20, del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que; son funciones del Alcalde (…) Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal; el referido texto se encuentra en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27º de la citada Ley, la cual indica que; La administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del gerente municipal, funcionario de con fi anza a tiempo completo y dedicación exclusiva designado por el alcalde (…). Finalmente, el tercer párrafo del artículo 39º señala que; “Las gerencias resuelven los aspectos administrativos a su cargo a través de resoluciones y directivas”; Que, el artículo 83°del Decreto Supremo N°004-2019- JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que: “Los titulares de los órganos administrativos pueden delegar mediante comunicación escrita la fi rma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos, o a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, salvo en caso de resoluciones de procedimientos sancionadores, o aquellas que agoten la vía administrativa; Que, el numeral 85.1 del artículo 85° de la norma en comentario establece que, por la desconcentración la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la presente Ley. La desconcentración de competencia puede ser vertical u horizontal; Que, el numeral 47.2 del artículo 47° del Decreto Legislativo N°1440, “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”, especi fi ca que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 45° del Decreto Legislativo N°1440, solo podrán efectuarse las modi fi caciones de los montos y las fi nalidades de los créditos presupuestarios durante el ejercicio presupuestario, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido mediante modi fi caciones en el nivel institucional y funcional y programático; Que, con la intención de garantizar una gestión efi ciente en la Entidad, para un adecuado funcionamiento y operatividad de las áreas administrativas, se requiere delegar y desconcentrar determinadas facultades relativas al despacho de alcaldía, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente y actual estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, aprobada mediante el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado por Ordenanza Municipal n°502-MDSMP; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante memorándum de vistos señala que, es necesario que a través de resolución de alcaldía se delegue facultades del despacho de alcaldía a las gerencias y subgerencias de la municipalidad, a fi n que estas desconcentren al titular de la entidad en el ejercicio administrativo con la fi nalidad de que la alcaldía concentre sus esfuerzos en actividades de planeamiento, supervisión, dirección, control y evaluación de la gestión municipal 2023 -2026, en bene fi cio de la ciudadanía; Estando a lo expuesto y, en uso de las atribuciones conferidas de conformidad con lo establecido en el artículo 20°, numeral 6) de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Articulo Primero.- DELEGAR en el Secretario General la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, incluido sus Anexos, a propuesta y opinión previa favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Subgerencia de Presupuesto, por las consideraciones antes expuestas. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo que se oponga a la presente resolución. Articulo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General dar cuenta periódicamente de los actos emitidos por la delegación de facultades, bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto hacer de conocimiento la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General y a la Gerencia de Administración y Finanzas la Publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística su Publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Regístrese, comuníquese y cúmplase.HERNÁN SIFUENTES BARCA Alcalde 2149621-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios para un Sector del Distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana DECRETO DE ALCALDÍA N° 04-2023-MSS Santiago de Surco, 3 de febrero del 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO