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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (08/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de febrero de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Modifican el Cuadro del “Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 065-2023-MSB-A San Borja, 30 de enero de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, el Informe N° 02-2023-MSB-GM-GGS de la Gerencia de Gestión Social de fecha 16 de enero de 2023, el Informe N° 004-2023-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 18 de enero de 2023, el Memorándum N° 012-2023-MSB-GM-OPE de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica de fecha 19 de enero de 2023, el Informe N° 032-2023-MSB-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de fecha 25 de enero de 2023, el Memorándum N° 034-2023-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 26 de enero de 2023; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, establece que, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en el cual se establece que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 43.4 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, mediante Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, se establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes, servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo que, el artículo 2° establece que: “El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá que: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago”; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 236-2019-MSB-A de fecha 07 de julio de 2019 se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja; siendo modi fi cado con Resolución de Alcaldía Nº 261-2019-MSB-A, Nº 345-2019-MSB-A, Nº 21-2020-MSB-A, Nº 079-2020-MSB-A, Nº 113-2020-MSB-A, N° 147-2020-MSB-A, N° 202-2020-MSB-A, N° 221-2020-MSB-A, N° 226-2020-MSB-A, N° 003-2021-MSB-A, N° 102-2021-MSB-A, N° 065-2022-MSB-A y N° 102-2022-MSB-A; asimismo, mediante Resolución de Alcaldía N° 156-2022-MSB-A de fecha 05 de agosto de 2022, se aprobó el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de San Borja; Que, a través del Informe N° 02-2023-MSB-GM-GGS de fecha 16 de enero de 2023, la Gerencia de Gestión Social remite el Informe N° 002-2023-MSB-GM-GGS- TP de fecha 12 de enero de 2023, a través del cual, la Coordinadora de los Talleres de Producción sugiere la modi fi cación del TUSNE aprobado por Resolución de Alcaldía N° 221-2020-MSB-A de fecha 11 de noviembre de 2020, proponiendo la modi fi cación de las tarifas de los talleres de producción; en atención a ello, la Gerencia de Gestión Social rati fi ca lo señalado por la Coordinadora de los Talleres de Producción y considera viable la propuesta; por lo que, recomienda solicitar la opinión a las áreas competentes para su aprobación mediante Resolución de Alcaldía; Que, mediante Informe N° 004-2023-MSB-GM- OPE-UPR de fecha 18 de enero de 2023, la Unidad de Planeamiento y Racionalización señala que, la propuesta de modi fi cación del Texto Ordenado – TO del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, presentado por la Gerencia de Gestión Social, tiene el sustento técnico en el sentido que se ampara en la estrategia comparativa de servicios no exclusivos y precios brindados por otros entes operadores del entorno; por lo que, la Unidad de Planeamiento y Racionalización concluye que es viable la propuesta de modi fi cación del Texto Ordenado – TO del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE sugerido por la Gerencia de Gestión Social; Que, a través del Memorándum N° 012-2023-MSB- GM-OPE de fecha 19 de enero de 2023, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica rati fi ca lo señalado por la Unidad de Planeamiento y Racionalización y remite los actuados a la O fi cina de Asesoría Jurídica, a fi n de que se emita la opinión legal correspondiente; Que, mediante el Informe N° 032-2023-MSB-OAJ de fecha 25 de enero de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y opina que resulta legalmente procedente emitir la Resolución de Alcaldía que modi fi que el cuadro del Texto Ordenado – TO del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado con Resolución de Alcaldía N° 156-2022-MSB-A, considerando el detalle del servicio No Exclusivo N° 4.0.1 a cargo de la Gerencia de Gestión Social; de conformidad con lo señalado en el numeral 6 de los artículos 20° y 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Memorándum N° 0523-2022-MSB-GM de fecha 20 de diciembre de 2022, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido, a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto, en concordancia a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Gestión Social, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y la Gerencia Municipal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- MODIFICAR el Cuadro del “Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja”, aprobado con Resolución de Alcaldía N° 156-2022-MSB-A, considerando el detalle del servicio No Exclusivo N° 4.0.1 a cargo de la Gerencia de Gestión Social, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, así como encargar a la O fi cina de Gobierno Digital la publicación de la Resolución de Alcaldía conjuntamente con su anexo correspondiente en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisanborja.gob.pe) y a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión en el distrito. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCO ANTONIO ALVAREZ VARGAS Alcalde 2149434-1