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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (14/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Martes 14 de febrero de 2023 El Peruano / Servidores Públicos; precisando que solo la CITE y CTE PERÚ son consideradas como las confederaciones más representativas, puesto que la CONASEP PERÚ es considerada como una confederación con mayor representación respecto a la UNASSE; recomendando la conformación de una única representación sindical conformada por las 3 confederaciones más representativas de los trabajadores del Estado; Que, el Tribunal Constitucional en la sentencia recaía en el Expediente N° 03982-2018-PA/TC, señala que la institución de la “mayor representatividad sindical” aparece como una solución intermedia entre el respeto a la pluralidad sindical, es decir, el igual tratamiento de los sindicatos, conforme al derecho de libertad sindical, y el fortalecimiento de la efectividad en la protección de los intereses de los trabajadores; Que, el pluralismo sindical es un principio reconocido por la Organización Internacional del Trabajo - OIT y por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -CIDH, el mismo que se basa en el derecho de los trabajadores de reunirse y constituir de manera independiente las organizaciones de su elección; por lo que, en el marco de dicho principio y la normatividad antes señalada, para el inicio del trato directo de la negociación colectiva centralizada, los representantes sindicales que deben integrar la comisión negociadora, según la relación de representantes sindicales alcanzada por las citadas confederaciones, serían 7 representantes de la CITE, 7 representantes de la CTE PERÚ y 7 representantes de la CONASEP PERÚ; Que, en tal sentido, corresponde que la Presidencia del Consejo de Ministros designe a los veintiún (21) representantes de la representación empleadora, a efectos de continuar con el procedimiento de negociación colectiva en el nivel centralizado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal; el Decreto Supremo N° 008-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conformar la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2023; de la siguiente manera: Representantes titulares:1. El/la Secretario/a Técnico/a del Proyecto Especial “Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por el Decreto Supremo Nº 006-2012-EF”, de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien preside la representación empleadora. 2. El/la Jefe/a de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante, quien actúa como Secretario/a Técnico/a de la Comisión Negociadora. 3. El/la Secretario/a de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante. 4. El/la Director/a de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante. 5. JEANETTE PATRICIA RUBIO MENDOZA, Consultora de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros. 6. MIRLA MARITA CHULAN CARRANZA, Consultora del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros. 7. JAIME REBLINO ABAL ABARCA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas. 8. LORENZO OVIDIO MENDOZA MOTA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas. 9. CARLOS ALBERTO ADRIANZÉN GARCÍA- BEDOYA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas. 10. PEGGY MILAGROS ALCON OCAÑA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.11. ALONSO FLORES MACHER, representante del Ministerio de Economía y Finanzas. 12. El/la Director/a General de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables o su representante. 13. El/la Director/a de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa o su representante. 14. El/la Director/a General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior o su representante. 15. El/la Director/a General de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. 16. El/la Director/a General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. 17. El/la Jefe/a de la O fi cina de Diálogo del Ministerio de Educación. 18. GUSTAVO DANIEL ESCATE PARIONA, Coordinador de la Unidad Funcional de Gestión de Dialogo Laboral del Ministerio de Salud. 19. El/la Gerente/a de Políticas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. 20. El/la Asesor/a I de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. 21. El/la Secretario/a Nacional de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú – REMURPE. Representantes alternos: 1. RICHARD DANIEL CARRION FLORES, representante del Ministerio de Economía y Finanzas. 2. MARIEL HERRERA LLERENA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas. 3. ABEL FERNANDO PORTUGAL RENDON, representante del Ministerio de Economía y Finanzas. 4. HUGO ANDRES LEON MANCO, representante del Ministerio de Economía y Finanzas. 5. PAMELA QUINTERO PEREZ, representante del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2.- Los representantes titulares mencionados en los numerales 2, 3, 4, 12, 13 y 14 del artículo precedente designan a sus representantes alternos, mediante documento dirigido al/a la Secretario/a Técnico/a de la Comisión Negociadora. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2151437-1 CUL TURA Designan Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad, Director del Proyecto Especial Complejo Arqueológico Chan Chan y, en adición a sus funciones, Responsable de la Unidad Ejecutora 009: MC La Libertad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000059-2023-MC San Borja, 11 de febrero del 2023 VISTOS; el Informe Nº 000053-2023-OGRH/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 000230-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,