TEXTO PAGINA: 41
41 NORMAS LEGALES Jueves 23 de febrero de 2023 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Autorizan segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000021-2023-BNP Lima, 21 de febrero de 2023VISTOS: Los Informes N° 000015-2023-BNP-GG-OA-EAF, N° 000096-2023-BNP-GG-OA-EAF y N° 000103-2023-BNP-GG-OA-EAF de fechas 05 y 30 de enero, y 01 de febrero de 2023, respectivamente, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la O fi cina de Administración; el Memorando N° 000081-2023-BNP-GG-OA-ELCP de fecha 25 de enero de 2023, del Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración; los Memorandos N° 000063-2023-BNP-GG-OA y N° 000073-2023-BNP-GG-OA de fechas 30 de enero y 02 de febrero de 2023, respectivamente, de la O fi cina de Administración; los Memorandos N° 000121-2023-BNP-GG-OPP y N° 000143-2023-BNP-GG-OPP de fechas 26 y 31 de enero de 2023, respectivamente, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 000034-2023-BNP-GG-OAJ de fecha 09 de febrero de 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú dispone que la Biblioteca Nacional del Perú es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y fi nanciera; y, ajusta su actuación a las normas aplicables que regulan el sector Cultura; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, con Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprobó el Tarifario que establece el monto de la retribución económica; así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el período a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante el O fi cio N° 001281-2022-CG/GAD de fecha 25 de julio de 2022, recibido en mesa de partes el 08 de agosto de 2022, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República informó a la Ofi cina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva N° 05-2022-CG/GAF “Gestión de sociedades de auditoria para la ejecución de auditorías fi nancieras gubernamental”, aprobada por la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, la Contraloría General de la República realizó el Concurso Público de Méritos N° 03-2022, designando a la SOA Pérez Díaz & Asociados Sociedad Civil para efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental de los períodos 2021 - 2022, habiéndose contratado sólo la ejecución de la auditoria por el período 2021,encontrándose pendiente la contratación de la auditoría del período 2022; por lo que, solicitó la transferencia fi nanciera de la retribución económica para la contratación de sociedad de auditoria que efectúe la auditoría fi nanciera gubernamental del período 2022, por el importe de S/ 65 251,00 (Sesenta y cinco mil doscientos cincuenta y un con 00/100 soles), o excepcionalmente se efectúe la transferencia del 50% de la retribución y por el otro 50% se adjunte una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2023; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 000174- 2022-BNP de fecha 26 de agosto de 2022, se resolvió autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 32 625,50 (Treinta y dos mil seiscientos veinticinco con 50/100 soles), para fi nanciar el pago del cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica (incluye IGV) por el período 2022, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría del referido período de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, por medio del Memorando N° 000063-2023-BNP- GG-OA y del Informe N° 000096-2023-BNP-GG-OA-EAF, la O fi cina de Administración y su Equipo de Trabajo de Administración Financiera, solicitaron la aprobación de la certi fi cación de crédito presupuestario N° 000254 - Segunda transferencia fi nanciera a favor de la Controlaría General, destinada a la contratación de Sociedad de Auditoría; Que, con Memorando N° 000143-2023-BNP-GG-OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto autorizó la nota de certi fi cación del crédito presupuestario N° 0000000254 - Segunda Transferencia Financiera por el 50% restante del monto total de la retribución económica (incluye IGV) destinado a la contratación de la Sociedad de Auditoría para la auditoria gubernamental 2022, por la suma de S/ 32 625,50 (Treinta y dos mil seiscientos veinticinco con 50/100 soles); Que, mediante el Memorando N° 000073-2023-BNP- GG-OA y el Informe N° 000103-2023-BNP-GG-OA-EAF, la O fi cina de Administración y su Equipo de Trabajo de Administración Financiera, solicitaron la emisión del acto resolutivo que autorice la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, por el importe de S/ 32 625,50 (Treinta y dos mil seiscientos veinticinco con 50/100 soles); Que, a través del Informe Legal N° 000034-2023-BNP- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica consideró jurídicamente viable que se emita el acto resolutivo que autorice la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y los Equipos de Trabajo de Administración Financiera; y, de Logística y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración; De conformidad Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia fi nanciera Autorizar la segunda transferencia fi nanciera del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú a favor del Pliego