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6 NORMAS LEGALES Sábado 25 de febrero de 2023 El Peruano / la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-MIMP. Artículo 4. Presentación de informe Dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al término del Estado de Emergencia prorrogado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, la Policía Nacional del Perú debe presentar al Titular del Ministerio del Interior, un informe detallado de las acciones realizadas durante la prórroga del régimen de excepción y los resultados obtenidos. Artículo 5. Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados, y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 6. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior JOSÉ ANDRÉS TELLO ALFARO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2155127-1 Autorizan viaje de la Ministra del Ambiente a Panamá y encargan su Despacho al Ministro de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 040-2023-PCM Lima, 24 de febrero de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 10 de febrero de 2023, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID, por sus siglas en inglés) extiende una invitación a la señora Albina Ruiz Ríos, Ministra del Ambiente, para participar en la Octava Conferencia Nuestro Océano 2023, a realizarse el 2 y 3 de marzo de 2023 en la Ciudad de Panamá, República de Panamá; actividad que incluye, además, la participación en un evento denominado “Trabajar con las ciudades - Crear capacidad para hacer frente a la contaminación por plásticos de los océanos y la transición a una economía más circular”, a realizarse el 2 de marzo del 2023, en el marco de la citada Conferencia; Que, la Octava Conferencia Nuestro Océano 2023 es un espacio de diálogo para promover un océano saludable y sostenible, a través de compromisos voluntarios y el trabajo conjunto de los gobiernos, el sector privado y la sociedad civil, que demuestran su interés por salvar el océano a través de impactos medibles y de la cooperación; asimismo, permite reportar los avances en la implementación de compromisos anteriores, y asumir nuevos compromisos voluntarios con miras a un océano limpio, saludable y productivo; Que, la participación de la Ministra del Ambiente en la mencionada Conferencia permitirá dar a conocer a los diversos países y agencias de cooperación internacional las acciones que viene realizando el Perú, orientados a una gestión sostenible de los océanos, respecto a la creación de áreas marinas protegidas (como la creación de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, y las acciones que se vienen realizando para la creación de la Reserva Nacional Mar Tropical Grau); así como las acciones que viene realizando el Perú para promover una gestión sostenible de plásticos y reducir la contaminación del océano; Que, en ese sentido, es de interés nacional la participación de la Ministra del Ambiente en los citados eventos; Que, los gastos que genere la presente comisión de servicios por concepto de pasajes aéreos y alojamiento serán asumidos por la USAID, y los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos, en un cincuenta por ciento (50%), con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente; Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, es necesario encargar el Despacho del Ambiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Albina Ruiz Ríos, Ministra del Ambiente, a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, del 1 al 4 de marzo de 2023; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, son cubiertos por el pliego Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y apellidos Viáticos por 3 días US$Total US$ Albina Ruiz Ríos 472.50 472.50 Artículo 3.- Encargar el Despacho del Ambiente al señor Raúl Ricardo Pérez-Reyes Espejo, Ministro de la Producción, a partir del 1 de marzo de 2023 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2155131-3