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10 NORMAS LEGALES Martes 25 de julio de 2023 El Peruano / se aprueba la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP – P N° 843) de la Dirección de Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar en dicho cargo al señor MOISES ALEXANDER APOLAYA SEGURA; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor MOISES ALEXANDER APOLAYA SEGURA, en el cargo de Director Ejecutivo (CAP – P N° 843), Nivel F-4, de la Dirección de Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2199114-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban 23 “Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones”, de aplicación en los tres niveles de gobierno, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 921-2023-MTC/01 Lima, 21 de julio de 2023VISTO: El Memorando N° 1788-2023-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 0240-2023-MTC/09.02 de la O fi cina de Inversiones; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a los artículos 4 y 5 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de infraestructura y servicios de transportes de alcance nacional e internacional, y en infraestructura y servicios de comunicaciones, entre otras; y, tiene entre sus funciones rectoras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fi scalizar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, los numerales 9.1 y 9.2 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, establecen que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; y que corresponde al Órgano Resolutivo del Sector aprobar los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales de fi nidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales; y que dichos indicadores y criterios pueden ser revisados anualmente y siempre que se presenten modi fi caciones, se aprueban y se publican en el portal institucional de la entidad; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01 “Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2019- EF/63.01 y sus modi fi catorias, los indicadores de brechas son las expresiones cuantitativas de las brechas de infraestructura o de acceso a servicios, los cuales se elaboran a partir de una variable o conjunto de variables interrelacionadas entre sí que permiten su medición para un determinado momento o periodo de tiempo; asimismo, el numeral 11.4 del mismo artículo, señala que los indicadores de brechas validados por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones son aprobados por el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo del Sector mediante la resolución o acto correspondiente, y publicados por la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector responsable en su portal institucional; Que mediante Resolución Ministerial N° 1288-2022- MTC/01, se aprueban los veintinueve (29) “Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones”, de aplicación en los tres niveles de gobierno, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, con O fi cio Nº 0329-2023-EF/63.03, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Informe Nº 0163-2023-EF/63.03 de la Dirección de Política y Estrategias de la Inversión Pública, mediante el cual valida metodológicamente la propuesta de veintitrés (23) “Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones”, y recomienda su aprobación y publicación en la entidad; Que, mediante Memorando N o 1788-2023-MTC/09, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace suyo el Informe N° 0240-2023-MTC/09.02 de la O fi cina de Inversiones, mediante el cual sustenta y propone la aprobación de veintitrés (23) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones, precisando que cuentan con la validación de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en ese sentido, es necesario aprobar los Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones, aplicables a las entidades de los tres niveles de gobierno, para la elaboración del diagnóstico de brechas, que se enmarquen en la Responsabilidad Funcional 0015 Transportes y 0016 Comunicaciones; asimismo, corresponde derogar la Resolución Ministerial N° 1288-2022-MTC/01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0658- 2021-MTC; y la Directiva N° 001-2019-EF/63.01 “Directiva General del Sistema