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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2023 (26/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de julio de 2023 El Peruano / a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, mediante Informe Nº 789-2023-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que corresponde emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado Gobierno Regional; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31638, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 284 000,00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional de Loreto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de Recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 284 000,00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional de Loreto, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 264 000,00 Gastos de Capital: (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias2.4.2.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 20 000,00 TOTAL EGRESOS S/ 284 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: SECCIÓN SEGUNDA: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles) Pliego 453 : Gobierno Regional de Loreto 284 000,00 Unidad Ejecutora :N° 001 Sede Central – Región LoretoUnidad Ejecutora SIAF :N° 0861Programa Presupuestal :Nº 0126 Formalización minera de la pequeña minería y minería artesanal Producto : Nº 3000658 Mineros FormalizadosActividad :Nº 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla Única Cuenta :Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC :N° 20493196902 Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Loreto, respectivamente, correspondiente al año 2023.Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2199300-1 INTERIOR Designan Subprefecto(as) Provinciales y Distritales en diversas Regiones RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 216-2023-IN-VOI-DGIN Lima, 20 de julio de 2023VISTO:Los Informes N° 001197-2023/IN/VOI/DGIN/ DAP y N° 001198-2023/IN/VOI/DGIN/DAP ambos de fecha 19 de julio de 2023, emitidos por la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior; CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, el cual, en el numeral 13) del inciso 5.2 del artículo 5 establece como una de las funciones especí fi cas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través de los informes de visto, la Dirección de Autoridades Políticas propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la designación de diversas autoridades políticas a nivel nacional; de conformidad a lo establecido en el literal g) del artículo 121 del precitado Reglamento; Que, las propuestas presentadas por la Dirección de Autoridades Políticas cumplen con el per fi l establecido en el Clasi fi cador de Cargo del Ministerio del Interior; Que, al inicio y cese de su gestión, las autoridades políticas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; y, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar en el cargo de Subprefecto(as) Provinciales a los siguientes ciudadanos: