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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2023 (26/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de julio de 2023 El Peruano / N° OAP02086/2023 de la O fi cina de Administración de Personal, de 18 de julio de 2023; y, CONSIDERANDO:Que, la participación peruana en las actividades del Foro de Cooperación Económica Asia Pací fi co (APEC) se enmarca en los objetivos estratégicos de política exterior de lograr una adecuada inserción del Perú en la Región Asia-Pací fi co y de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económica, política, social y cultural; Que, el Foro de Cooperación Económica Asia Pací fi co (APEC) celebrará las sesiones de la Tercera Reunión de Altos Funcionarios (SOM 3) y reuniones conexas, en la ciudad de Seattle, Estado de Washington, Estados Unidos de América, del 29 de julio al 21 de agosto de 2023; Que, en el marco de la Tercera Reunión de Altos Funcionarios se llevará a cabo la Reunión del Grupo de Trabajo de Movilidad Empresarial de APEC (BMG, por sus siglas en inglés), que se realizará del 29 al 30 de julio de 2023, en la ciudad antes señalada; Que, mediante el Decreto Supremo N° 028-2000-RE, de 27 de agosto de 2000, se incorporó al Perú al esquema de la Tarjeta para Viajes de Negocios denominado “APEC Business Travel Card (ABTC)” del Foro de Cooperación Económica Asia Pací fi co (APEC)”, en bene fi cio de los empresarios peruanos para facilitar su movilización en los países de las economías de APEC que participan en el citado esquema; Que, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Peruana del Esquema ABTC, como órgano encargado de evaluar y aprobar las solicitudes de la tarjeta ABTC - Perú, se encuentra a cargo de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, al respecto, resulta necesaria la participación del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República César Augusto Recuenco Cardoso, Subdirector de Trámites Consulares, de la Dirección de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en su calidad de Secretario Ejecutivo Alterno ante la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Peruana del Esquema ABTC, quien representará al Perú en el Grupo de Trabajo sobre Movilidad Empresarial de APEC (BMG, por sus siglas en inglés) y en las reuniones bilaterales conexas, a realizarse en la ciudad de Seattle, Estado de Washington, Estados Unidos de América, del 29 al 30 de julio de 2023; Que, por razones de itinerario, el viaje del referido funcionario diplomático a la ciudad de Seattle, Estado de Washington, Estados Unidos de América, será del 28 al 31 de julio de 2023; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República César Augusto Recuenco Cardoso, Subdirector de Trámites Consulares, de la Dirección de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, y Secretario Ejecutivo Alterno ante la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Peruana del Esquema ABTC, a la ciudad de Seattle, Estado de Washington, Estados Unidos de América, del 28 al 31 de julio de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0107175 Atención de Trámites Consulares y Difusión de Derechos y Deberes de los Migrantes; y, Código POI AOI00004500249 Atención de Trámites Consulares en el Exterior y en el Territorio Nacional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase económica US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$ César Augusto Recuenco Cardoso 1980.34 440.00 2+1 1,320.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Seattle, Estado de Washington, Estados Unidos de América, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2199154-1 Crean Grupo de Trabajo Multisectorial denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la actualización de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0520-2023-RE Lima, 25 de julio de 2023VISTOS: El Memorándum (DDF) N° DDF00358/2023, de 1 de junio de 2023, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América; el Memorándum (DEE) N° DEE00376/2023, de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Estudios y Estrategias de Política Exterior; el Memorándum (OPP) N° OPP01259/2023, de 9 de junio de 2023; el Memorándum (LEG) N° LEG01218/2023, de 20 de junio de 2023, de la Ofi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior; Que, la Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, Política Exterior para la paz, la democracia, el desarrollo y la integración, establece en su literal d) que el Estado peruano impulsará activamente el desarrollo sostenible de las regiones fronterizas del país y su integración con espacios similares de los países vecinos;