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23 NORMAS LEGALES Viernes 28 de julio de 2023 El Peruano / medir el nivel de uso de Big Data para respaldar la toma de decisiones en las organizaciones. De lo expuesto, se puede concluir lo siguiente en el marco de la Gobernanza de datos: (i) Existe un aún limitado aprovechamiento de los datos en el país; (ii) El aprovechamiento de los datos depende de la capacidad de procesamiento y analítica (explotación de datos); y (iii) La explotación de los datos es habilitada por la provisión, disponibilidad y representatividad de los mismos, la que es aún limitada en el Perú. 3.4.4 Efectos del problema públicoDel problema público se desprenden siete efectos:- Limita el ejercicio de derechos , este efecto se encuentra asociado principalmente a las capacidades o libertades digitales referidas a “buscar y obtener información en internet”, “capacitarse y educarse”, “tramitar con organizaciones públicas”, “operar en banca y otros servicios fi nancieros” y “comprar y vender productos o servicios”. Las tecnologías digitales facilitan a la ciudadanía el hacer respetar sus derechos y cumplir con sus deberes; y esto está relacionado a las interacciones de la ciudadanía con el Estado a través de trámites administrativos desde cualquier ubicación física del ciudadano y ciudadana. - Debilita la participación ciudadana , este efecto se encuentra asociado principalmente a las capacidades o libertades digitales referidas a “buscar y obtener información en internet”, “comunicarse” y “tramitar con organizaciones públicas”, ya que la baja utilización de las tecnologías digitales no permite el empoderamiento en el activismo ciudadano respecto de temas coyunturales y de la agenda pública que delimiten formas de actuar y de organizarse en pro de la solución de un problema público. - Debilita la transparencia , este efecto se encuentra asociado principalmente a las capacidades o libertades digitales referidas a “buscar y obtener información en internet” y “tramitar con organizaciones públicas”. Las limitadas capacidades tecnológicas incrementan el favoritismo, clientelismo y sesgos de los servidores, así como impiden el dar cuenta de todas las interacciones de la ciudadanía con el Estado y su trazabilidad, y que no se generen mecanismos para la rendición de cuentas. - Difi culta la inclusión social , este efecto se encuentra asociado principalmente a la capacidad o libertad digital referida a “tramitar con organizaciones públicas”, ya que no permite que el Estado pueda conocer a la ciudadanía y atenderla de manera oportuna y adecuada en la forma en que ha sido demandada por la ciudadanía. Asimismo, no se disminuyen brechas que actualmente obstaculizan el acceso a ciertos derechos. - Obstaculiza el diálogo intercultural , este efecto se encuentra asociado principalmente a las capacidades o libertades digitales referidas a “buscar y obtener información en internet”, “comunicarse” y “tramitar con organizaciones públicas”. Ya que se pierden oportunidades para la (re)construcción y representación de las culturas en entornos virtuales, lo que generaría la interacción necesaria para que las personas ejerzan sus derechos sin importar su origen étnico y social, abriendo camino para un diálogo intercultural entre la ciudadanía y el Estado, asimismo, di fi cultan el desarrollo de servicios con pertinencia intercultural. - Limitada e fi ciencia de las empresas. Este efecto se encuentra asociado principalmente a las capacidades o libertades digitales referidas a “operar en banca y otros servicios fi nancieros”, a comprar productos y servicios” y “vender productos y servicios”. Respecto del desarrollo del sector empresarial (pequeño y mediano), se tiene que el problema público genera di fi cultades para transferir información dentro de las áreas de una compañía, di fi culta la comunicación entre empresas de distintos países y disminuye la agilidad en la cadena de suministros. También, mengua la productividad de los empleados, di fi culta retener a sus clientes y, fi nalmente, obstaculiza la innovación. - Limita y restringe el acceso de la ciudadanía a herramientas necesarias para su desarrollo integral e impide la retroalimentación que su uso genera en las competencias digitales ciudadanas, estas restricciones orbitan en el ámbito de las materias que abarcan los pilares de la transformación digital. Efectivamente, el ciudadano y ciudadana que no interactúa en un entorno digital, no incrementa sus habilidades digitales y por ende, no dispone de información para la toma de decisiones. No accede a servicios y productos de la banca o sector fi nanciero; no tiene la posibilidad de comparar precios y productos y por ello, no accede a una oferta completa; no tiene la oportunidad de encontrar mejores ofertas laborales; tiene menor tiempo para comunicarse e intercambiar información personal a fi n de acceder a mejores puestos de trabajo. Además, incrementa sus limitaciones de la oferta educativa, de cursos y talleres virtuales, de acceso a bibliotecas virtuales, y a foros o a espacios de participación ciudadana o activismo social. Como se aprecia, este efecto impacta transversalmente a todas las capacidades o libertades. En ese sentido, es importante destacar que en el Perú la formación de capacidades para usar las tecnologías para toda la población no ha sido fi nalidad u objetivo general y único de ninguna iniciativa desde el Estado 4. No obstante, dentro de las políticas públicas debe incluirse la preocupación por contar con los avances tecnológicos en varios sectores del Estado, pero que sea asumida como una característica básica necesaria para una sociedad del conocimiento. Sucede esto incluso en la mayoría de las normativas que prescriben la necesidad de formación de capacidades en esta materia. 3.5. Situación futura deseadaEl escenario al que se apuesta con la PNTD al 2030 se enuncia de la siguiente manera: Se duplica el ejercicio de la ciudadanía digital per cápita a 4 capacidades o libertades digitales 5 en la población mayor de 6 años. Asimismo, y en línea con el enunciado anterior, al año 2030 se incrementa el ejercicio de cada capacidad digital de los ciudadanos y ciudadanas en las siguientes proporciones: - Incremento al 85.7 % del uso de la capacidad de obtener información usando medios digitales - Incremento al 86.1 %% del uso de la capacidad de comunicarse a través de medios digitales - Incremento al 34.7 % del uso de la capacidad de comprar productos y servicios usando medios digitales - Incremento al 39.1 % del uso de la capacidad de operar en banca usando medios digitales - Incremento al 27.2 % del uso de la capacidad de educarse y capacitarse usando medios digitales - Incremento al 30.4 % del uso de la capacidad de tramitar con el Estado a través de medios digitales - Incremento al 84.4 % del uso de la capacidad de entretenimiento usando medios digitales - Incremento al 25.7 % del uso de la capacidad de venta de productos y servicios a través de medios digitales Con la PNTD, se tiene que: Al 2030, el Perú logra incrementar el ejercicio de la ciudadanía digital, es decir, de derechos y obligaciones en un entorno digital seguro, mediante la ejecución de una serie de capacidades y libertades a través de las cuales se satisfacen necesidades y aspiraciones de las personas. Esta situación es producto de garantizar el acceso al entorno digital, priorizando a las personas excluidas por condiciones económicas, geográ fi cas, de género, lengua materna o discapacidad, en la masi fi cación del uso del internet, así como por el impulso del uso de la Red dorsal de fi bra óptica. Con ello, se evitó el incremento de la brecha de conectividad digital, tanto en el acceso como en la calidad de la conexión, mitigando fi nalmente el aumento de la brecha de exclusión. Se construyeron las bases de una sociedad digital con el empoderamiento de la ciudadanía para el ejercicio pleno de sus derechos, situación que se logró con el incremento de la participación ciudadana a través del aprovechamiento y uso de las tecnologías digitales, que a su vez permitieron el acceso oportuno a la información