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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2023 (28/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 28 de julio de 2023 El Peruano / VI. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN El proceso de seguimiento y evaluación de la PNTD será acompañado y asistido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) o la que haga sus veces en la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), como encargada de la conducción del proceso de evaluación de las políticas públicas del sector y en su condición de integrante del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), cumpliendo así con los objetivos, lineamientos y directivas que emita el CEPLAN para tal fi n. El responsable técnico del seguimiento y evaluación de la PNTD es la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD) de la PCM. 6.1 Seguimiento El seguimiento es un proceso que comprende la recopilación periódica de información, su registro y análisis descriptivo a fi n de dar cuenta del avance en el cumplimiento de las políticas nacionales, teniendo en cuenta los enfoques transversales de la PNTD. En el sentido, la SGTD realiza el proceso de seguimiento de la PNTD una vez al año, en coordinación con la OGPP y la Secretaría General (Órgano de Alta Dirección del cual depende la Política), de acuerdo con las pautas metodológicas establecidas en la Guía para el seguimiento y evaluación de Políticas Nacionales y Planes del SINAPLAN (proceso, estructura de reporte, pautas, cronograma). Para ello la SGTD ejecuta el monitoreo de manera consistente, oportuna y con calidad, recogiendo así los resultados de todos los niveles de la cadena de valor de la PNTD; apuntando a generar alertas sobre el avance en la implementación de la misma. Posteriormente la información sobre los resultados obtenidos se remite a la OGPP en su versión fi nal para su registro o veri fi cación de la información en el aplicativo CEPLAN. Este proceso se cumple cuando la OGPP realiza la emisión del Reporte de seguimiento del aplicativo CEPLAN 10 de acuerdo con la información remitida, asegura su publicación en el Portal de Transparencia Estándar (PTE) de la PCM y remite el reporte a los titulares de los ministerios intervinientes en la PNTD. 6.2 Evaluación La PNTD es evaluada aplicando un modelo de control de gestión permanente, sistémico y continuo, respecto del avance en el cumplimiento de sus metas y objetivos, de la evaluación de los impactos de las intervenciones aprobadas, y de la incorporación y el seguimiento de las recomendaciones derivadas del monitoreo y la evaluación. Se garantiza la mejora continua a través de los siguientes documentos: - Evaluación de implementación: es una valoración de la ejecución de la PNTD con respecto a lo plani fi cado con el objetivo de retroalimentar los procesos de aprendizaje. La SGTD conducirá la evaluación de implementación y elaborará el informe respectivo en coordinación con la Secretaría General (órgano del cual depende la PNTD), y en base a las coordinaciones realizadas con las entidades intervinientes en la Política. Asimismo, será la encargada de comunicar sus resultados a la OGPP para la respectiva publicación en el Portal de Transparencia Estándar (PTE) de la PCM y a las instancias correspondientes. - Evaluación de resultados: se analiza el logro de los objetivos de la PNTD a través de la emisión del Informe de evaluación de resultados, que contrasta las acciones implementadas con los resultados obtenidos; identi fi cando así los factores que contribuyeron o evitaron el buen desempeño de la política nacional o plan en términos de e fi cacia o e fi ciencia. 6.3 Reporte de cumplimientoEn este reporte se describe el avance y situación actual de la PNTD, que busca dar solución al problema público. En ese sentido, se describe el avance, las principales intervenciones y las propuestas de mejora de los objetivos prioritarios de la política nacional. La SGTD reporta anualmente la información en coordinación con la Secretaría General (Órgano de Alta Dirección del cual depende la PNTD), para que posteriormente la misma sea remitida a la OGPP en su versión fi nal para su registro de información en el Aplicativo CEPLAN. Este proceso se cumple cuando la OGPP reporta la información remitida por la SGTD o la registra en el Aplicativo CEPLAN que se implemente al efecto, disponiendo hasta el 15 de junio de cada año para ello. Las entidades intervinientes en la PNTD son responsables de brindar oportunamente la información que la SGTD en coordinación con la OGPP y con la Secretaría General, solicite en marco a la fase de seguimiento y evaluación de la PNTD. Las recomendaciones de los informes de evaluación de implementación y de resultado de la PNTD, deberán ser tomadas en cuenta por las entidades responsables de la provisión de los servicios, implementando así las oportunidades de mejora y retroalimentando el ciclo de planeamiento estratégico. Todo el proceso de seguimiento y evaluación deberá realizarse bajo las pautas metodológicas que establece CEPLAN en materia de seguimiento y evaluación de políticas y bajo las pautas que la PCM, en su calidad de rector de la PNTD, considere pertinente. 1 Petr Lupa č. Beyond the Digital Divide. Contextualizing the Information Society. Emerald Publishing Limited. UK, 2018. 2 Artículo de Pat Gelsinger (2023), “Estos 5 “superpoderes” tecnológicos están transformando el progreso humano”, difundido por el Foro Económico Mundial. 3 Perspectivas de la OCDE sobre la Economía Digital 2017. OCDE y Asociación de Internet mexicana. 2018. Pp. 216 4 (MINEDU) Presentación sobre Plan Nacional de Alfabetización Digital. 5 La ciudadanía digital per cápita, es un promedio ponderado agregado del ejercicio de ciudadanía digital. Es un valor cuantitativo de rango 0 a 8, y hace referencia a la cantidad (número) de capacidades digitales que ejerce una persona en un marco de referencia. Se calcula considerando la ENAHO, teniendo una perspectiva longitudinal de más de 10 años. Es preciso mencionar, que de las 8 capacidades digitales se estima que serán 4 las que incrementarán el ejercicio de la ciudadanía digital. 6 4.4 Brindar apoyo al desarrollo empresarial, con énfasis en las Mipyme, a fi n de aumentar su competitividad y productividad en apoyo al crecimiento de la economía peruana. 7 Aprobadas por Decreto Supremo No. 006-2023-PRODUCE. 8 DIGITAL GOVERNMENT IN PERU © OECD 2019. Capítulo 2. Gobernanza del Gobierno Digital. 9 DIGITAL GOVERNMENT IN PERU © OECD 2019. Capítulo 2. Gobernanza del Gobierno Digital. 10 Una vez implementado dicho aplicativo; mientras eso ocurra se reportará a través de los respectivos informes de evaluación de los resultados. 2200457-5 Crean Comisión Multisectorial con el objeto de elaborar informes técnicos que contengan un diagnóstico sobre la implementación y avance de las intervenciones que promuevan el uso sostenible de los recursos naturales y la provisión de bienes y servicios ecosistémicos; así como, propuestas de acciones y medidas orientadas a potenciar el desarrollo sostenible y competitivo con enfoque ecosistémico, territorial, inclusivo y prospectivo de la Amazonía peruana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 106-2023-PCM Lima, 27 de julio de 2023