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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (01/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Jueves 1 de junio de 2023 El Peruano / Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2183196-1 Autorizan viaje de Director de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad a la República Francesa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2023-EF/43 Lima, 30 de mayo del 2023CONSIDERANDO:Que, mediante OF. RE (MIN) N° 2-5/14 de fecha 28 de marzo de 2023 el Ministerio de Relaciones Exteriores traslada al Ministerio de Economía y Finanzas la Carta MC/2023.049.cb de fecha 17 de marzo de 2023 del Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y del Secretario de Estado para Asuntos Exteriores, Desarrollo y Mancomunidad del Reino Unido quienes invitan a participar en la Reunión del Consejo a nivel Ministerial de la OCDE (MCM 2023, por sus siglas en inglés), a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, los días 7 y 8 de junio de 2023, cuyo tema es “Asegurando un futuro resiliente: valores compartidos y alianzas globales”; Que, la MCM 2023 busca centrar las negociaciones y enfrentar desafíos de forma conjunta y construir alianzas con países fuera de la organización, proponiendo trabajar tres aspectos: i) resiliencia económica (políticas para un crecimiento fuerte e inclusivo); ii) fronteras futuras (tecnología innovadora para economías emisiones netas cero); y iii) alianzas globales (compromiso de largo plazo con región Indo-pací fi co); Que, la participación del Ministerio de Economía y Finanzas en el mencionado evento es relevante para los intereses nacionales dado que está en línea con el objetivo de consolidar el desarrollo y la estabilidad del sistema económico nacional, mediante la armonización de políticas, la transparencia, el fomento de la inversión privada, la inclusión fi nanciera y la prevalencia del enfoque macroprudencial. Así también, la participación de Perú permitirá aprovechar el proceso de acceso a la OCDE como mecanismo para fomentar la mejora de las políticas públicas y económicas nacionales, con el fi n de brindar mejores resultados a los ciudadanos; Que, en tal sentido, resulta importante la participación del señor José Alfredo La Rosa Basurco, Director de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas en el mencionado evento, toda vez que la mencionada Dirección General tiene entre sus funciones participar en el diseño e implementación de las estrategias de integración económica y comercial y asegurar la consistencia de los acuerdos internacionales en materia económica con la política económica general; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor José Alfredo La Rosa Basurco, Director de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de París, República Francesa, del 5 al 9 de junio de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 2 619,35 Viáticos (2 + 1) : US $ 1 620,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2183039-1 Aprueban el “Procedimiento para la estimación del deterioro y castigo contable de las cuentas por cobrar de las carteras del Ministerio de Economía y Finanzas” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2023-EF/43 Lima, 30 de mayo del 2023CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia N° 062-2002 dispuso la disolución de la Comisión Administradora de Carteras, constituida mediante Decreto de Urgencia N° 032-95, y la asunción por parte del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE de la administración y cobranza de las carteras de créditos a cargo de aquella Comisión, y que no hubieran sido transferidas a dicha fecha a terceros, correspondiéndole a esta última las facultades señaladas en los Decretos de Urgencia N°s. 032-95 y 077-2000, y demás normas complementarias; Que, el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 062- 2002 dispone que, mediante resolución ministerial del Sector Economía y Finanzas, se dictarán las normas complementarias que sean necesarias para el cumplimiento del encargo establecido en el citado decreto de urgencia;