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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (09/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Viernes 9 de junio de 2023 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Acuerdo Nº 043-2023-MPMN.- Aprueban autorización de viaje a Alcalde, para que participe en evento a realizarse en Chile 82 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Ordenanza Nº 005-2023-MPT .- Ordenanza que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo 82Ordenanza Nº 007-2023-MPT .- Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo -SATT 83 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES Acuerdo Nº 028-2023-MDM.- Dejan sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 027-2023-MDM y ratifican montos de compensación económica del Alcalde y de dietas de Regidores para el periodo municipal 2023 – 2026 86 R.A. Nº 012-2023-MDM.- Designan Funcionaria Responsable de Entregar la Información, en cumplimiento al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública 87 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP “Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE INTEGRIDAD PÚBLICA N° 004-2023-PCM/SIP Lima, 5 de junio de 2023 CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley N° 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, establece que esta tiene por objeto regular la gestión de intereses en el ámbito de la administración pública, entendida como una actividad lícita de promoción de intereses legítimos propios o de terceros, sea de carácter individual, sectorial o institucional en el proceso de toma de decisiones públicas, con la fi nalidad de asegurar la transparencia en las acciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 120-2019-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, en cuyo numeral 2.2 del artículo 2, se establece que la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su rol rector de la implementación de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, adopta las medidas necesarias para garantizar la adecuada implementación de la Ley y el referido Reglamento, así como para interpretar sus alcances y brindar asesoría técnica sobre la misma, entre otras acciones que estén dentro del ámbito de sus competencias; Que, según lo dispuesto en el numeral 3.9 del artículo 3 del referido Reglamento, el Registro de Visitas en Línea es la plataforma en donde se registra y publica información, en tiempo real, de las visitas que reciben los funcionarios y servidores del Estado, así como los actos de gestión de intereses que atienden los funcionarios con capacidad de decisión, con el fi n de fomentar la integridad y transparencia de su actuación en el cumplimiento de sus funciones; Que, asimismo, el numeral 3.10 del artículo 3 del referido Reglamento establece que el Registro de Agendas Ofi ciales es la plataforma en la que se registra y publica información sobre las actividades o fi ciales que realizan los funcionarios de la alta dirección y en donde se anotan los actos de gestión de intereses que atienden fuera de la sede institucional los funcionarios con capacidad de decisión; Que, en ese sentido, la Segunda Disposición Complementaria Final de la acotada norma, señala que la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros emite los lineamientos necesarios para garantizar la implementación de la Ley y su Reglamento; Que, mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2022-PCM/SIP se aprueba la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP, “Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas O fi ciales”; Que, mediante Informe N° 001-2023-PCM-SSGEIP, la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública señala que en atención a los requerimientos efectuados por las entidades para efectuar el registro de una visita de manera posterior al ingreso y salida del visitante por omisión del operador de la plataforma, se ha visto por conveniente actualizar el Registro de Visitas en Línea, a fi n de incorporar una funcionalidad que permita asegurar la transparencia en las acciones del Estado, dejando constancia de su registro de forma extemporánea; Que, de otro lado, la referida Subsecretaría precisa la necesidad de contar con formatos estándares para facilitar, organizar y sistematizar la información referida al proceso de implementación del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas O fi ciales a nivel institucional; Que, en ese sentido, resulta necesario modi fi car la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP “Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas O fi ciales; así como, aprobar los formatos propuestos por la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública; y el Reglamento de la Ley N° 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, aprobado por Decreto Supremo N° 120-2019-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación Modi fi car los numerales 5.1.3 y 5.1.4 de la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP “Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas O fi ciales”, aprobada por Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2022-PCM/SIP, quedando el siguiente texto: « 5.1.3. Administrador del Registro de Visitas en Línea El administrador del Registro de Visitas en Línea es responsable de: