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8 NORMAS LEGALES Viernes 9 de junio de 2023 El Peruano / reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 51 del ROF establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y el patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, el Archivo General de la Nación constituye un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura en virtud de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria, y el artículo 101 del ROF; tiene como misión proteger el patrimonio cultural archivístico de la Nación, conducir, desarrollar y fortalecer el Sistema Nacional de Archivos, estableciendo lineamientos de política nacional en materia de archivos, a fi n de lograr una gestión pública e fi ciente y transparente en bene fi cio de la población; Que, mediante el O fi cio Nº 000394-2023-AGN/JEF se alcanza el Informe Nº 000014-2023-AGN/DDPA de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas que contiene la propuesta para otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora CARMEN TERESA CARRASCO CAVERO; Que, a través del O fi cio Nº 000398-2023-AGN/ JEF la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación precisa que la persona propuesta ha dedicado más de cuatro décadas de denodado trabajo en la organización, conservación, difusión, y protección del patrimonio documental de los archivos que ha tenido a su cargo, generando, además, conocimiento e identidad a través de sus publicaciones, habiendo participado como organizadora y expositora de diversos eventos, a nivel nacional e internacional, en la materia; Que, con el O fi cio Nº 000401-2023-AGN/JEF, se complementa lo antes señalado y se indica que la producción literaria y publicaciones de la señora CARMEN TERESA CARRASCO CAVERO son fuente de consulta para los estudiantes de la archivística, generando conocimiento e identidad en el campo cultural; asimismo, al dedicarse también a la aplicación de los procesos técnicos y la protección del patrimonio documental permite que los archivos sean accesibles a quienes recurran a ellos como fuente de memoria y derechos, generando así mayor conocimiento e incrementando la identidad cultural; Que, mediante el Proveído Nº 002449-2023-DGPC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural, con sustento en el Informe N° 013275-2023-DIA/MC, mani fi esta su conformidad y recomienda el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura” por la importante y larga trayectoria en materia archivística; la labor, aporte y dedicación en actividades relacionadas a promover, defender y difundir el patrimonio cultural y en el desarrollo cultural del país; Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura”, advirtiéndose que los documentos descritos constituyen partes integrantes de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 013-90-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora CARMEN TERESA CARRASCO CAVERO, por su contribución en el campo de la archivística, la defensa y promoción del patrimonio documental de la nación que se constituye en fuente de la memoria colectiva de todos los peruanos y peruanas, generando además conocimiento e identidad a través de sus publicaciones. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2185630-1 Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000230-2023-MC San Borja, 8 de junio del 2023VISTOS: el Proveído Nº 004687-2023-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; los O fi cios Nº 000401-2023-AGN/ JEF, Nº 000398-2023-AGN/JEF, Nº 000394-2023-AGN/JEF de la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación; el Proveído Nº 002449-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N°000879-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme con lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones la prerrogativa para otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 51 del ROF establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural,