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18 NORMAS LEGALES Sábado 10 de junio de 2023 El Peruano / aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI; se establece que, las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre – ATFFS se incorporan al SERFOR, como órganos desconcentrados de actuación local; Que, en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI; se señala que, en los casos donde no se haya realizado la transferencia de competencias sectoriales en materia forestal y de fauna silvestre, el SERFOR ejerce las funciones de Autoridad Regional Forestal y de Fauna - ARFFS a través de las ATFFS, hasta que culmine la trasferencia antes mencionada; Que, de conformidad con el artículo 104 de la Ley 29763, la caza deportiva es la que el cazador practica únicamente con fi nes deportivos y sin fi nes de lucro, contando con la licencia y la autorización correspondiente otorgadas por las ARFFS, en mérito a los tipos y modalidades que se especi fi can en el Reglamento Que, asimismo, en el citado artículo se precisa que, la ARFFS elabora y aprueba los calendarios regionales de caza deportiva, considerando las unidades de gestión forestal y de fauna silvestre de su jurisdicción, de acuerdo con la especie, distribución, abundancia e interés cinegético, fi jando las temporadas de caza y las cuotas de extracción totales y por autorización; Que, en aplicación del numeral 88.1 del artículo 88 del reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, la práctica de la caza deportiva es regulada mediante los calendarios regionales de caza deportiva, los que son aprobados por cada ARFFS, con opinión previa favorable del SERFOR, cuando incluya especies categorizadas como Casi Amenazado o como Datos Insu fi cientes, siendo su vigencia máxima de dos (02) años; Que, en el numeral 88.3 del artículo 88 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, se detalla el contenido de los calendarios regionales de caza deportiva, los cuales se deben elaborar y aplicar con un enfoque de manejo adaptativo; Que, en virtud del artículo 90 de dicho Reglamento, para la caza deportiva solo deben emplearse las armas autorizadas en el calendario regional de caza deportiva, según los lineamientos técnicos aprobados por el SERFOR; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 073-2018-MINAGRI-SERFOR/DE, se aprobaron los “Lineamientos para la elaboración del calendario regional de caza deportiva” y el “Listado de armas permitidas para la práctica de la caza deportiva”; Que, mediante el Informe Técnico Nº D000022-2022- MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-AREQUIPA-KEL y el Informe Técnico Nº D000053-2022-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS- AREQUIPA-KEL, se recomienda aprobar el Calendario Regional de Caza Deportiva, por el periodo de dos (02) años, aplicable en el ámbito territorial de competencia de la ATFFS Arequipa; informes en los que se exponen las consideraciones técnicas y legales para el establecimiento de las especies, ámbito geográ fi co, temporadas de caza, derecho de aprovechamiento, tipos de armas, condiciones y cuotas máximas por cazador, precisándose que, según la legislación vigente, las especies comprendidas en el calendario no se encuentran amenazadas, por lo que la actividad de caza deportiva no afectará la supervivencia de las especies; Que, mediante el Informe Técnico Nº D0000287- 2023-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DGSPFS, de fecha 21 de abril del 2023, emitido por la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, emite opinión favorable a la propuesta de Calendario Regional de Caza Deportiva para el ámbito de la ATFFS-Arequipa; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI y el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR el Calendario Regional de Caza Deportiva de especies de fauna silvestre no amenazadas, para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Arequipa, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado, que como Anexos N° 1 y 2 forma parte integrante de la presente resolución, cuya vigencia es de dos (02) años calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución y sus anexos en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- PRECISAR que, para la práctica de la caza deportiva, en virtud del calendario regional aprobado, se debe contar con la respectiva licencia y autorización para la caza deportiva, documentos que son de uso personal e intransferible. La práctica de la caza deportiva debe efectuarse de acuerdo con la normativa vigente aplicable. Artículo 3.- ESTABLECER que, los tipos de armas permitidas para la caza deportiva, así como sus calibres mínimos y características, son los determinados por el SERFOR en el “Listado de armas permitidas para la práctica de la caza deportiva”, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 073-2018-MINAGRI-SERFOR/DE. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del SERFOR: www.gob.pe/serfor Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE GONZALES DUEÑAS Administrador Tecnico FFSATFFS – AREQUIPA ANEXO 001 Calendario Regional de Caza Deportiva de especies de fauna silvestre no amenazadas, para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Arequipa, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado para el periodo de dos (02) años Clase FamiliaNombre Nombre Común Ámbito Geográ fi coTemporada de CazaCuota MáximaCuota máxima por cazadorDerecho de Aprovechamiento/ ejemplar (S/)Grupocientí fi co Español Ingles Aves**TinamidaeNothoprocta pentlandiiPerdiz serranaAndean tinamouCAYLLOMA 01 setiembre –30 noviembre80 8 16.5Grupo 1 CASTILLA(Caza menor) AnatidaeAnas bahamensisPato gargantilloWhite Cheecked PintailISLAY01 setiembre –30 noviembre70 10 12.38Grupo 1 (Caza menor) Spatula cyanopteraPato acaneladoCinammon tealCAMANA, CASTILLA 01 mayo – 30 octubre90 15 12.38Grupo 1 ISLAY(Caza menor)