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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (10/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Sábado 10 de junio de 2023 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de servidor de la Secretaría de Integridad Pública de la PCM a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 136-2023-PCM Lima, 9 de junio de 2023CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 041-2023- PCM, Decreto Supremo que declara de interés nacional el proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada del seguimiento de las acciones para la adhesión del Perú a la OCDE, declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas a desarrollarse en el marco del proceso de adhesión del Perú a la OCDE, que comprende la participación del Estado peruano en todas las actividades previstas durante la implementación de la hoja de ruta que enmarca su proceso de adhesión; Que, el artículo 77 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, establece que la Secretaría de Integridad Pública es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional responsable de desarrollar los mecanismos e instrumentos para prevenir y gestionar los riesgos de la corrupción y ejercer las funciones que establece el artículo 6 de la Ley N° 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción. Asimismo, es el órgano que ejerce técnicamente la rectoría de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y es responsable de apoyar a la Alta Dirección en la coordinación y dirección del proceso de integridad y lucha contra la corrupción de la gestión de la administración pública y del Estado; Que, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, a través de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, representa al Perú en el Grupo de Trabajo sobre Cohecho en las Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Dicho Grupo de Trabajo es el responsable de monitorear el cumplimiento de la “Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales”, con la fi nalidad de que los países aseguren un alto nivel de cumplimiento y adopten acciones concretas para luchar contra la corrupción; Que, una de las prácticas del referido Grupo de Trabajo es la relacionada a la cooperación que deben llevar en un programa de seguimiento sistemático para monitorear y promover la plena aplicación de la citada Convención de la OCDE; lo que conlleva a participar en revisiones constantes de las medidas adoptadas por los países para implementar la referida Convención, hacer propuestas en apoyo a los demás miembros, así como participar en el sistema de autoevaluación y sistema de evaluación mutua entre países signatarios y adherentes al mencionado instrumento internacional. Este aspecto ha sido reiterado en la “Hoja de Ruta para el proceso de adhesión del Perú a la OCDE”; Que, mediante correo electrónico del 2 de junio de 2023, el Sub Director de la Dirección de Asuntos Financieros y Empresariales de la OCDE remite la agenda de reuniones del Grupo de Trabajo sobre Cohecho en las Transacciones Comerciales Internacionales que se desarrollará del 12 al 14 de junio de 2023, donde el Perú participará tanto en el reporte de los avances en la implementación de las recomendaciones del Informe de evaluación en la Fase 02, como en las actividades programadas por dicho espacio internacional en materia anticohecho; Que, al respecto, la Secretaría de Integridad Pública ha informado que se han realizado las gestiones para la conformación de la delegación peruana por parte de representantes del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y de la Presidencia del Consejo de Ministros, quienes sustentarán ante el citado Grupo de Trabajo los avances reportados por el Perú; Que, por lo expuesto resulta de interés nacional autorizar el viaje del señor CARLOS AUGUSTO VILLENA CHANGANAQUI, servidor de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de París, República Francesa, para que asista a las citadas reuniones; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, que se deriven de la participación en el citado evento, serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, el segundo párrafo del numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Autorizar el viaje del señor CARLOS AUGUSTO VILLENA CHANGANAQUI, servidor de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de París, República Francesa, del 10 al 15 de junio de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2 .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes (US$)Viáticos por día (US$)Número de díasTotal viáticos (US$) CARLOS AUGUSTO VILLENA CHANGANAQUI2484.29 540.00 5 2700.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar ante la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.