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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (10/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Sábado 10 de junio de 2023 El Peruano / incentivos y congresos; y fomentar la optimización de las relaciones internacionales con organizaciones como ICCA, la International Association of Convention Centres (AIPC), the Society for Incentive Travel Excellence (SITE) y la Asociación Internacional de Ferias de América (AFIDA); Que, por tanto, se considera de interés institucional autorizar la comisión de servicios de la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrázaga, Viceministra de Turismo, a la ciudad de Panamá, para que participe en el referido Foro en representación del MINCETUR, con el fi n de intercambiar experiencias y generar propuestas que permitan a nuestro país implementar políticas y programas que coadyuven al crecimiento de la industria de reuniones; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrázaga, Viceministra de Turismo a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 19 al 21 de junio de 2023, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en el 10° Foro Político Latinoamericano sobre Turismo de Reuniones, a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos x día US$Total Viáticos US$ Madeleine Rosa María Burns Vidaurrázaga990,59 América Central315,00 x 2 630,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país, la funcionaria cuyo viaje se autoriza mediante la presente resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- Encargar a la señora Teresa Stella Mera Gómez, Viceministra de Comercio Exterior, las funciones del Despacho Viceministerial de Turismo, a partir del 19 de junio de 2023 y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2184407-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar retribución económica por la contratación de Sociedad Auditora RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2023-MINCETUR Lima, 9 de junio de 2023VISTOS, el Memorándum N° 443-2023-MINCETUR/ DM/COPESCO-DE de la Dirección Ejecutiva del Plan COPESCO Nacional; el Informe Nº 0207-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorándum N° 625-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe Nº 0051-2023-MINCETUR/SG/OGA/OAF/SDC de la Sub Dirección de Contabilidad de la O fi cina de Administración Financiera; el Memorándum Nº 683-2023-MINCETUR/SG/OGA de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el O fi cio N° 000382-2023-CG/GAD de la Contraloría General de la República; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, esta Entidad es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a ley; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley N°30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las sociedades de auditoría son las personas jurídicas cali fi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, y son designadas, previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados; Que, asimismo en el artículo referido en el párrafo precedente se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de esta Entidad Fiscalizadora Superior, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, por período a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, empresas prestadoras de servicios de saneamiento, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del estado (FONAFE), proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante el O fi cio Nº 00382-2023-CG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo realice la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de la contratación de la Sociedad de Auditoría para los períodos 2023 y 2024, correspondiéndole por cada periodo, el monto de S/ 149 530,00 (Ciento Cuarenta y Nueve Mil Quinientos Treinta con 00/100 Soles), con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para fi nanciar la retribución económica, incluido IGV; Que, adicionalmente, el mencionado O fi cio de la Contraloría General de la República señala que si bien