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23 NORMAS LEGALES Lunes 19 de junio de 2023 El Peruano / IV. Subsanación de inscripción Las subsanaciones a las observaciones formuladas a solicitudes de inscripción de candidatos a Consejeros, identi fi cadas por el Comité Electoral, se pueden presentar dentro de los plazos establecidos en el cronograma electoral, las que serán validadas por dicho Comité, siendo debidamente comunicadas a los candidatos cuya inscripción fue observada. V. Publicación de la Lista Provisional de CandidatosEl Comité Electoral, publicará la Lista Provisional de Candidatos a Consejeros, detallándose los candidatos pertenecientes a las organizaciones y grupos juveniles, en el Portal Institucional de la Municipalidad y le asignará un número según el orden de prelación de la inscripción. VI. Presentación de tachas Las tachas a los candidatos al CPJ-SI, inscritos en la Lista Provisional, se pueden presentar dentro de los plazos establecidos en el cronograma electoral a través de los representantes de cada organización. Las tachas deben estar debidamente sustentadas de acuerdo a las causales de impedimentos establecidas en el presente anexo. Las tachas serán resueltas por el Comité Electoral, que solicitará información o descargos a los candidatos tachados, a fi n de esclarecer el caso. VII. Publicación de la Lista De fi nitiva de Candidatos Una vez resueltas las tachas, si las hubiere, el Comité Electoral aprobará y procederá a la publicación de la Lista De fi nitiva de Candidatos a Consejeros en el Portal Institucional de la Municipalidad, conteniendo los nombres de los candidatos pertenecientes a las organizaciones y grupos juveniles. VIII. Acto Electoral: Voto convencional (VC)El acto electoral se realizará de acuerdo con los siguientes lineamientos: 1. Sólo podrán ejercer el derecho a voto los representantes acreditados de las asociaciones, grupos juveniles y el de los grupos de jóvenes del distrito 2. El acto electoral se realizará en el (los) día(s) y hora(s) que se señale en el Decreto de Alcaldía. 3. La mesa de sufragio estará conformada por tres (03) miembros, que será personal asignado por la Municipalidad. Los miembros de mesa se reunirán una hora antes del inicio del acto electoral en el lugar establecido, veri fi cando que el material electoral se encuentre conforme. 4. El material electoral, está conformado por el Padrón Electoral, la lista de candidatos, las cédulas de votación, una cabina de votación, un ánfora, el acta electoral, lapiceros, tampón. 5. Durante la instalación, el Presidente de mesa deberá fi rmar la cara externa de las cédulas de votación, y los otros miembros de mesa acondicionan el resto del material electoral. Los miembros de mesa veri fi carán la lista de candidatos y que los carteles que contienen las listas se encuentren pegados en el local de votación y en la cámara secreta. 6. Acondicionada la mesa de sufragio, se levantará el Acta de Instalación con indicación del lugar, fecha y hora de instalación, nombres, apellidos y números de DNI o Carné de Extranjería de los miembros de mesa, la cantidad de cedulas recibidas y las observaciones, si las hubiera. El acta será fi rmada por los miembros de mesa, así como por los personeros que lo deseen. 7. Al momento de sufragar, los representantes de los grupos juveniles deberán presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carné de Extranjería, a fi n de veri fi car sus datos en el Padrón Electoral, luego de lo cual recibe la cédula, ingresa a la cámara secreta, deposita su voto en el ánfora, fi rma e imprime su huella en el Padrón. 8. El voto es válido cuando el mismo se realiza con una cruz o un aspa que junta sus intersecciones dentro del cuadro correspondiente al número de una de las listas de candidatos en la cédula de votación. El voto nulo es aquel cuya marca no cumple con las condiciones del voto válido. El voto en blanco es aquel que no tenga marca alguna. 9. Culminado el sufragio, se levantará el Acta de Sufragio con indicación del lugar, fecha y hora de conclusión del acto, con los nombres y apellidos, número de DNI o carné de extranjería de los miembros de mesa, número de electores que sufragaron, cantidad de cédulas no utilizadas y las observaciones, si las hubiera. El Acta será fi rmada por los miembros de mesa, así como por los personeros que lo deseen. 10. De contar con un Padrón impreso con los datos de los representantes juveniles, estos registrarán su fi rma y huella digital en el Padrón. En caso un representante no haya sufragado, se escribirá la frase “no votó” en el espacio vacío que le corresponde. 11. De contar con un Padrón en blanco, los miembros de mesa previamente registrarán manualmente los datos del representante juvenil y registrará su fi rma y huella digital en el espacio correspondiente. 12. El escrutinio se realizará en mesa, en el mismo local donde se realizó la votación. El Presidente de Mesa abrirá las cédulas una por una y leerá en voz alta su contenido, mostrándola a los otros miembros de mesa y personeros para que la veri fi quen. 13. El Acta de Escrutinio se levantará al término del conteo de los votos emitidos por los sufragantes, con indicación del lugar, fecha y hora, nombres y apellidos, número de DNI o carné de extranjería de los miembros de mesa, la hora de inicio y término del acto electoral, número de votos válidos alcanzados por cada de una las listas, cantidad de votos en blanco, nulos, así como las observaciones, si las hubiera. El Acta será fi rmada por los miembros de mesa y por los personeros que lo deseen. 14. El Presidente de mesa será el responsable de la entrega de las actas y material electoral al Comité Electoral al fi nalizar la votación. 15. Las Actas electorales serán suscritas, como mínimo en tres (03) ejemplares, los que se distribuirán de la siguiente manera: a) Un ejemplar para el Comité Electoral. b) Un ejemplar para a la Alcaldesa. c) Un ejemplar para los personeros que lo soliciten, si los hubiera (opcional). IX. ProclamaciónSe eligen como candidatos ganadores a los que obtengan la votación más alta; de los cuales hasta tres (3) Consejeros serán elegidos por los representantes de las asociaciones, grupos juveniles, federaciones juveniles, secciones juveniles de aquellas asociaciones civiles que conforman instancias especí fi cas de juventud en el ámbito distrital y demás organizaciones similares, que se encuentran debidamente constituidas y/o inscritas en registros de entidades públicas; y, hasta tres (3) Consejeros serán elegidos por los representantes de grupos de jóvenes del distrito En caso de empate se procederá a efectuar un sorteo, en acto público, que se realizará dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes de culminado el acto electoral. De existir alguna controversia, ésta será resuelta por el Comité Electoral, tomando como norma supletoria la Ley Orgánica de Elecciones. Una vez resueltas las impugnaciones y efectuado el sorteo, de ser el caso, a las setenta y dos (72) horas de realizado el acto electoral, el Comité Electoral proclamará a los candidatos que resulten elegidos, mediante comunicación escrita al Alcalde. Luego se procederá con la emisión de la Resolución de Alcaldía, indicando lugar, fecha y hora de la entrega de credenciales respectivas. X. Difusión de resultadosLos resultados serán publicados en lugares visibles de la Municipalidad y en el Portal Institucional, una vez culminado el acto electoral. 2188257-1