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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (19/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Lunes 19 de junio de 2023 El Peruano / de promover el desarrollo humano integral de la juventud, asumiendo su rol participativo y solidario en el proceso de desarrollo local impulsando su reconocimiento como actores democráticos; Que, el artículo 11° de la Ordenanza N° 514-MSI, modi fi cado por Ordenanza N° 529-MSI, establece que el Pleno del CPJ-SI está conformado hasta por seis (6) Consejeros Distritales de la Juventud de San Isidro, de los cuales hasta tres (3) serán elegidos por representantes de las asociaciones, grupos juveniles, federaciones juveniles, secciones juveniles de aquellas asociaciones civiles que conforman instancias especí fi cas de juventud en el ámbito distrital y demás organizaciones similares, que se encuentran debidamente constituidas y/o inscritas en registros de entidades públicas; y, hasta tres (3) serán elegidos por grupos de jóvenes del distrito que se conformen o constituyan para los fi nes de la conformación del CPJ-SI; estos últimos deben ser registrados a través de la Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad de San Isidro, la cual elaborará un Padrón de los mismos; así como que tales organizaciones, asociaciones y otros, que se presenten para la elección, serán acreditados por la Gerencia de Participación Vecinal; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y la opinión favorable de la Gerencia de Participación Vecinal, a través de los documentos del visto; corresponde realizar la convocatoria para elegir a los seis (06) Consejeros distritales de la Juventud de San Isidro mediante el sistema de Voto Convencional (VC), al amparo del artículo 11° de la Ordenanza N° 514-MSI y modi fi catoria, que crea el Consejo de Participación de la Juventud del Distrito de San Isidro (CPJ-SI); y, Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modi fi catorias; DECRETA: Artículo Primero.- Las asociaciones y grupos juveniles, federaciones juveniles, secciones juveniles de aquellas asociaciones civiles que conforman instancias especí fi cas de juventud en el ámbito distrital y demás organizaciones similares, que se encuentran debidamente constituidas y/o inscritas en registros de entidades públicas, y los grupos de jóvenes del distrito que se constituyan para los fi nes de la conformación del Consejo de Participación de la Juventud del distrito de San Isidro, que serán registrados a través de la Gerencia de Participación Vecinal; señalados en el artículo 11° de la Ordenanza 514-MSI, modi fi cado por Ordenanza N° 529-MSI; se registrarán y/o acreditarán para fi nes de la elección de los Consejeros Distritales de la Juventud de San Isidro, en adelante, los Consejeros, conforme al procedimiento señalado en el Anexo 1 del presente Decreto. Artículo Segundo.- CONVOCAR a las organizaciones y grupos de jóvenes señalados en el artículo precedente, para la elección de los Consejeros Distritales de la Juventud de San Isidro, mediante el sistema de Voto Convencional (VC), conforme al procedimiento señalado en el Anexo 2, y de acuerdo al siguiente cronograma: Convocatoria 05.07.2023 al 04.08.2023 Registro y/o Acreditación de organizaciones y grupos de jóvenes e inscripción de candidatos a Consejeros (Calle Augusto Tamayo N° 180 - Trámite Documentario o Plataforma Virtual)07.08.2023 al 21.08.2023 Subsanación de registro, acreditación y/o inscripción22.08.2023 al 23.08.2023 Publicación de la Lista Provisional de organizaciones, grupos de jóvenes y/o candidatos 24.08.2023 Presentación de tachas a organizaciones, grupos de jóvenes y/o candidatos25.08.2023 Resolución de tachas de organizaciones, grupos de jóvenes y/o candidatos28.08.2023 al 31.08.2023 Publicación de la lista de fi nitiva de organizaciones, grupos de jóvenes y/o candidatos 01.09.2023