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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (19/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 19 de junio de 2023 El Peruano / ofi cio N° 52-2023-MP-FN-CG-EE-CBP, cursado por la Coordinación General del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1550-2019-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2019, el ofi cio N° 5790-2023-MP-FN-PJFSLIMA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, el o fi cio N° 2475-2023-MP-FN- PJFSLIMASUR, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, el o fi cio N° 951-2023-MP-FN-PJFSCAÑETE, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, el o fi cio N° 946-2023-MP- FN-PJFSHUANCAVELICA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, mediante los cuales, solicitan la prórroga de la asignación, nombramiento, designación y/o destaque del personal fi scal de los Distritos Fiscales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Piura, Puno, Santa, Selva Central, Sullana, Tacna, Tumbes y Ucayali. Que, mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, emitida en virtud al Acuerdo N° 5973, el mismo que fue adoptado el 13 de diciembre de 2021, se dispuso, entre otros, la creación de doscientos veintiún (221) plazas fi scales, a nivel nacional, distribuidas en dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Supremos, cinco (05) plazas de Fiscales Superiores, cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Superiores, veintiséis (26) plazas de Fiscales Provinciales y ciento ochenta y cuatro (184) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas plazas fi scales provisionales, para la Unidad Ejecutora 002 Gerencia General. Que, por Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1886, 1893, 1887, 1892, 1904, 1907, 1888, 1920, 1973, 1894, 1890, 1906, 1976, 1891, 1974, 1921, 1889, 1919, 2021, 2025, 2026-2021, de fechas 30 y 31 de diciembre de 2021; las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 104, 309, 407, 467, 488, 490, 506, 504, 485, 733, 1314, 1341, 1445, 1578, 1662, 1683, 1770, 1763, 1839, 1890, 1896, 1920, 2066, 2398, 2567, 2680, 2715, 2751-2022-MP-FN, de fechas 2 de febrero, 10, 18, 23, 28 y 29 de marzo, 27 de abril, 2, 4, 15 y 27 de julio, 5, 9, 18 y 25 de agosto, 6, 7, 14 y 30 de septiembre, 12 y 29 de noviembre, 15, 17 y 20 de diciembre de 2022; así como las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 040, 078, 080, 082, 093, 095, 096, 115, 486, 792 y 961-2023, de fechas 07, 12, 13 de enero, 24 de febrero, 31 de marzo y 28 de abril de 2023, se dispuso, entre otros, las asignaciones de las plazas fi scales señaladas en el párrafo precedente. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado, prorrogar las asignaciones, nombramientos, designaciones y/o destaques del personal fi scal que ocupen provisionalmente los cargos mencionados en los o fi cios del primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de las asignaciones mencionadas en la parte considerativa de la presente resolución, así como los nombramientos, designaciones y/o destaques del personal fi scal, a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021 y a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente, conforme se detalla: DISTRITO FISCAL DE AMAZONAS- JHORDY MICHEL TORRES CAMPOSDISTRITO FISCAL DE ANCASH- ANITA JIMENA VILLARREAL CAMONES - ADA GABRIELA ROBLES RODRIGUEZ - LIDA CRISTEL MOLINA QUIÑONES DISTRITO FISCAL DE APURIMAC- DENNIS NESTOR VILLAVICENCIO VELASQUEZDISTRITO FISCAL DE AREQUIPA- MARIA DEL ROSARIO LOZADA SOTOMAYOR - YAJAIDA HUAMAN ESCOBAR- JHEINMY KANDY RODRIGUEZ NINA- KAREN SILVANA FARFAN MITA- WALTER ALEJANDRO CHURATA CHECYA DISTRITO FISCAL DE AYACUCHO- YURI FELIX PAHUARA - LUISA MASSIELL MADELEINE CONGA PALOMINO- ZARELA RIVERA CASTRO DISTRITO FISCAL DE CAJAMARCA- GINA DEL PILAR RAMIREZ MALCADISTRITO FISCAL DEL CALLAO- FIORELLA JANETH VIVAS MONROY - ANALI SUSANA LAURA DE LA CRUZ - KEVIN OLIVER RODRIGUEZ QUIROZ - JAVIER SOLIS PAREDES - CHRISTIAN FERNANDO CESPEDES HERRERA- LIA MAURICIA PATRICIA BALAREZO RAMIREZ- DIEGO ABELARDO FUENTES RODRIGUEZ- CLAUDIA ELIZABETH ALEJANDRA EZAINE ALFARO