Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (26/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Lunes 26 de junio de 2023 El Peruano / En tal sentido, conforme a lo establecido el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM y en el artículo 21 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, corresponde al Consejo Directivo de Osinergmin, dictar de manera exclusiva y dentro de su ámbito de competencia, reglamentos, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones. Estos reglamentos y normas podrán de fi nir los derechos y obligaciones de las entidades y de éstas con sus usuarios; Que, en el marco de la Guía se aprobó el Procedimiento Técnico del COES N° 13 “Cálculo de la Energía Firme, Veri fi cación anual de la cobertura de la Energía Comprometida y Balance mensual de la potencia comprometida” (PR-13), aprobado con Resolución N° 230-2022-OS/CD, cuyo objeto consiste en Calcular la Energía Firme anual de las Unidades de Generación y veri fi car que cada Generador cubra la demanda de energía anual y potencia mensual que tenga comprometida con sus clientes (Usuarios Libres y Distribuidores), con Energía y Potencia Firme propia y/o, la que tuviera contratada con terceros, pertenezcan o no al COES; Que, de la aplicación del PR-13, el COES ha identi fi cado un error en la de fi nición del Factor de Carga consignado en el numeral 6.2.4 del PR-13; Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y con el artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin, constituye requisito previo para la aprobación de los reglamentos dictados por el ente Regulador, que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el diario ofi cial “El Peruano”, con el fi n de recibir los comentarios de los interesados, los mismos que no tendrán carácter vinculante ni darán lugar al inicio de un procedimiento administrativo; Que, al amparo de lo dispuesto en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, el Reglamento del COES aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2008-EM y modificatorias, y la Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos, aprobada con Resolución N° 476-2008-OS/CD y modificatorias; habiéndose recibido la propuesta, la subsanación de observaciones por parte del COES y efectuado el respectivo análisis por parte de Osinergmin, corresponde publicar el proyecto de resolución que modifica el PR-13, a efectos de recibir opiniones y sugerencias por parte de los interesados con relación a lo que se somete a prepublicación; Que, finalmente, se ha emitido el Informe Técnico N° 468-2023-GRT y el Informe Legal N° 469-2023-GRT elaborados por la División de Generación y Transmisión Eléctrica y Asesoría legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas respectivamente, que integra la presente decisión del Consejo Directivo de Osinergmin; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento del COES, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM; en la “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos”, aprobada con Resolución N° 476-2008-OS/CD; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 19-2023, de fecha 22 de junio de 2023.SE RESUELVE Artículo 1.- Disponer la publicación, en el portal web de Osinergmin https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx, del proyecto de resolución que modi fi ca el Procedimiento Técnico del COES N° 13 “Cálculo de la Energía Firme, Veri fi cación anual de la cobertura de la Energía Comprometida y Balance mensual de la potencia comprometida” (PR-13), aprobado mediante la Resolución N° 230-2022-OS/CD conjuntamente con su exposición de motivos, el Informe Técnico N° 468-2023-GRT y el Informe Legal N° 469-2023-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los mismos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Otorgar un plazo de quince (15) días calendario, sin lugar a prórroga, para que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/. Los comentarios también podrán ser remitidos a la siguiente dirección de correo electrónico: PRCOES@osinergmin.gob.pe. La recepción de las opiniones y/o sugerencias estará a cargo de la Sra. Ruby Gushiken Teruya. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2189997-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a EE.UU., en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RECTORADO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 006327-2023-R/UNMSM Lima, 17 de mayo del 2023Visto el expediente digital con registro de Mesa de Partes General Nº 46000-20230000089 de la O fi cina Central de Calidad Académica y Acreditación, sobre viaje al exterior del país en comisión de servicios y encargatura. CONSIDERANDO: Que con Resolución Rectoral Nº 001816-2022-R/ UNMSM de fecha 21 de febrero de 2022, se aprobó la DIRECTIVA Nº 0001-DGA-2022 - DIRECTIVA PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIAJES EN COMISIÓN DE SERVICIOS AL EXTERIOR Y EN EL TERRITORIO NACIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS; Que por Resolución Rectoral Nº 011319-2022-R/ UNMSM de 10 de octubre de 2022, se designó a CARMEN ISABEL VILLANUEVA IPANAQUÉ, docente permanente de la Facultad de Ciencias Contables, como Jefa de la Ofi cina Central de Calidad Académica y Acreditación, a partir del 11 de octubre de 2022; Que mediante O fi cio Nº 000103-2023-OCCAA/ UNMSM y Proveídos Nº.s 000045, 000050 y 000056-2023-OCCAA/UNMSM la O fi cina de Calidad Académica y Acreditación solicita se autorice el viaje en Comisión de Servicios a CARMEN ISABEL VILLANUEVA IPANAQUÉ, para participar en la Conferencia Anual 2023