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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (28/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de junio de 2023 El Peruano / AMBIENTE Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 204-2023-MINAM Lima, 26 de junio de 2023VISTOS; el Memorando N° 00351-2023-MINAM/ VMGA/GICA/CG, del Coordinador General de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental; el Memorando N° 00695-2023-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00221-2023-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00417-2023-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 304-2022-MINAM de fecha 23 de diciembre de 2022, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por un monto de S/ 304 012 337,00 (Trescientos Cuatro Millones Doce Mil Trescientos Treinta y Siete y 00/100 Soles) por toda fuente de fi nanciamiento, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31628, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que modi fi ca el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, señala que, la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; y que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, señala que, corresponde realizar una transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, el 1% del saldo de inversión por ejecutar, el cual forma parte del Costo de Control Concurrente determinado; el saldo restante conforme a lo señalado en el referido dispositivo, deberá ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de transferencias fi nancieras enmarcadas en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, para el fi nanciamiento del control concurrente de inversiones; Que, mediante Ofi cio Nº 000083-2023-CG/SG, la Contraloría General de la República comunica que, en el marco de los alcances de la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que modi fi ca el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se han priorizado diversas inversiones, que se encuentran a cargo del MINAM y cuyo costo de inversión se encuentra en el rango de cinco (5) a diez (10) millones de soles; para el despliegue de los servicios de control gubernamental en dichas inversiones, y solicita con carácter de muy urgente proceder a efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 326 621.50 (TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO Y 50/100 SOLES); así como disponer las acciones pertinentes para garantizar la mencionada transferencia fi nanciera; Que, mediante Memorando N° 00351-2023-MINAM/ VMGA/GICA/CG, el Coordinador General de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental, sobre la base del Informe N° 086-2023-MINAM/VMGA/GICA/CG-EPP, solicita la autorización para realizar una Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma total de S/ 326 621,50 (TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO Y 50/100 SOLES); en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, para fi nanciar las acciones de control concurrente de cinco (05) inversiones, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, a través del Memorando N° 00695-2023-MINAM/ SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 00221-2023-MINAM/ SG/OGPP/OPPMI de la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, mediante el cual emite opinión favorable para efectuar una transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 326 621,50 (TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO Y 50/100 SOLES), para fi nanciar las acciones de control concurrente de cinco (05) inversiones; debido a que se cuenta con los recursos presupuestarios en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” y especí fi ca de gasto 2.4.2.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional”; Que, con Informe N° 00417-2023-MINAM/SG/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la propuesta de autorización de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Con el visado del Coordinador General de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-