Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (28/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de junio de 2023 El Peruano / Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2023-MIDAGRI MIDAGRI publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 14 de enero de 2023, se formaliza el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM del Sector Agrario y de Riego 2023 - 2030 del MIDAGRI y se crea el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico del Sector Agrario y Riego”; Que, conforme al numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catorias, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; y en el numeral 28.2 se establece que se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0034-2023/CEPLAN/PCD publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 19 de mayo de 2023 se aprueba la ampliación de plazo para la formulación y aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual, hasta el último día útil del mes de diciembre de 2023, el cual es aplicable a todos los sectores del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional; Que, el literal b) del artículo 26 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, establece que la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como función elaborar, entre otros, el Plan Estratégico Sectorial Multianual; Que, mediante el Memorando N° 1303-2023-MIDAGRI-SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0181-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPLA de la O fi cina de Planeamiento, que solicita modi fi car la Resolución Ministerial Nº 0015-2023-MIDAGRI y el Informe N° 0080-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la O fi cina de Modernización que emite opinión favorable respecto a la modi fi cación acotada; Que, con el visado del Secretario General, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; Lineamientos de Organización del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0034-2023/CEPLAN/PCD, aprueba la ampliación de plazo para la formulación y aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual, hasta el último día útil del mes de diciembre de 2023, el cual es aplicable a todos los sectores del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 009-2023/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car los artículos 7, 9, 10 y 12 de la Resolución Ministerial N° 0015-2023-MIDAGRI Modifíquese los artículos 7, 9, 10 y 12 de la Resolución Ministerial N° 0015-2023-MIDAGRI, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 7.- Conformación del Grupo de Trabajo 7.1 El Grupo de Trabajo Sectorial está conformado por: a) El/La Ministro/a de Desarrollo Agrario y Riego, quien lo preside. b) El/La Viceministro/a de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario. c) El/La Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego. d) El/La Secretario/a General.e) El/la director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. f) El/La Director/a de la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en calidad de Secretario/a Técnico/a. g) El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas Agrarias. h) El/La Director/a General de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas. i) El/La Director/a General de la Dirección General de Gestión Territorial. j) El/La Director/a General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología. k) El/La Director/a General de la Dirección General de Desarrollo Ganadero. l) El/La Director/a General de la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural. m) El/La Director/a General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios. n) El/La Director/a General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego. o) El/La Director/a General de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros. p) El/La Jefe/a de la Autoridad Nacional del Agua.q) El/La Sub Director/a de la Unidad de Planeamiento y Modernización de la Autoridad Nacional del Agua. r) El/La Jefe/a del Servicio Nacional de Sanidad Agraria.s) El/La Director/a de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. t) El/La Jefe/a del Instituto Nacional de Innovación Agraria. u) El/La Director/a de la Unidad de Planeamiento y Racionalización del Instituto Nacional de Innovación Agraria. v) El/La Director/a Ejecutivo/a del Servicio Forestal y de Fauna Silvestre. w) El/La Directora/a de la O fi cina de Planeamiento y Racionalización del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. x) El/La Presidente/a Ejecutivo/a de Sierra y Selva Exportadora. y) El/La Jefe/a de la Unidad de Planeamiento de Sierra y Selva Exportadora. 7.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial realizan sus funciones ad honorem y cuentan con un/a representante alterno/a.” “Artículo 9.- Designación de representantes alternos del Grupo de Trabajo Sectorial Los/Las representantes alternos/as que conforman el Grupo de Trabajo Sectorial, se acreditan ante la Secretaría Técnica mediante comunicación escrita, en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano.” “Artículo 10.- Funciones del Grupo de Trabajo Sectorial El Grupo de Trabajo Sectorial tiene las siguientes funciones: a) Aprobar el plan de trabajo para la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Agrario y de Riego 2023-2030. b) Validar los productos de las fases del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua en la formulación con énfasis en la selección de los objetivos y acciones estratégicas sectoriales. c) Validar el proyecto de PESEM del Sector Agrario y de Riego 2023-2030 y presentarlo a la Alta Dirección del Ministerio mediante informe técnico.”