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13 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de junio de 2023 El Peruano / MEDIDA REFERENCIA - Comunicar a la Escuela Profesional de Arquitectura de la Universidad Peruana Los Andes, para su atención de acuerdo a sus competencias, establecidas en la Ley de protección del Patrimonio Cultural de la Nación, toda vez que la actividad efectuada por el grupo monovalente de responsabilidad y Bienestar Universitario: “LOS ECOARTISTAS”, fue una actividad INCONSULTA. - Comunicar al presidente de la C omunidad Campesina de Quilcas, para su atención de acuerdo a sus competencias respecto a afectación al Sitio Arqueológico de Chuctoloma. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Quilcas, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 003-2023-DDC-JUN-JSF/MC de fecha 10 de abril de 2023, el Informe N° 000654-2023-DSFL/MC, Informe N° 000133-2023-DSFL-NGC/MC e Informe Nº 000124-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con PP-04-MC-2021 WGS84 para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MOIRA ROSA NOVOA SILVA DirectoraDirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2191067-1 DEFENSA Dan por concluida designación de Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN SUPREMA N° 030-2023-DE Lima, 27 de junio de 2023 VISTOS:La Carta N° 004-2023-DJ/ACFFAA del señor MAG FAP Fernando Martín San Martín Serra; y, el Informe Legal Nº 00673-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO:Que, el numeral 9 del artículo 1 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que mediante Resolución Suprema se nombra, entre otros, a los Titulares de los Organismos Públicos Descentralizados, la misma que es refrendada por el Titular del Sector correspondiente; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1128, crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, encargada de plani fi car, organizar y ejecutar el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa; así como, los procesos de contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías a su cargo, en el mercado nacional y extranjero; Que, el artículo 6 del citado Decreto Legislativo establece que la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas está a cargo de un Jefe, designado por Resolución Suprema, con el refrendo del Ministro de Defensa, quien será la máxima autoridad ejecutiva y administrativa de la entidad; Que, asimismo, el artículo 7 de la norma acotada, concordante con el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-DE, precisa los requisitos para ser designado como Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, por Resolución Suprema N° 021-2022-DE, se designa al señor MAG FAP Fernando Martín San Martín Serra en el cargo de Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, mediante Carta N° 004-2023-DJ/ACFFAA, el MAG FAP Fernando Martín San Martín Serra ha puesto a disposición el cargo de Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, en el que fue designado a través de la Resolución Suprema N° 021-2022-DE; Que, se ha visto por conveniente concluir la designación antes referida; por lo que, corresponde emitir el acto resolutivo pertinente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Decreto Legislativo Nº 1128, Decreto Legislativo que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Mayor General FAP Fernando Martín San Martín Serra en el cargo de Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2191272-3 Designan Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN SUPREMA N° 031-2023-DE Lima, 27 de junio de 2023