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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (30/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2023 El Peruano / regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica el diario o fi cial “El Peruano”; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, mediante la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, a través del O fi cio Nº 000380-2023-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Cultura una transferencia fi nanciera mediante SIAF por la suma de S/ 628 530,00 (Seiscientos veintiocho mil quinientos treinta y 00/100 soles), para designar una Sociedad de Auditoría mediante Concurso Público de Méritos por los periodos 2023 y 2024; Que, con el Informe Nº 000075-2023-OGA/MC, la Ofi cina General de Administración remite el Informe Nº 000215-2023-OC/MC, mediante el cual la O fi cina de Contabilidad comunica que conforme a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto se aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000005203-2023 por la suma de S/ 329 471,00 (Trescientos veintinueve mil cuatrocientos setenta y uno y 00/100 soles), para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; asimismo, que se cuenta con la Previsión de Crédito Presupuestal por el importe de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve y 00/100 soles), para el Año Fiscal 2024; Que, mediante el Memorando Nº 000679-2023-OGPP/ MC la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000233- 2023-OP/MC de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual informa que de la revisión del marco presupuestal de la Unidad Ejecutora 001:Ministerio de Cultura – Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, se ha veri fi cado la existencia de recursos disponibles hasta por la suma de S/ 329 471,00 (Trescientos veintinueve mil cuatrocientos setenta y uno y 00/100 soles), para fi nanciar el Año fi scal 2023 en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias; asimismo, indica que corresponde realizar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General por la suma total de S/ 329 471,00 (Trescientos veintinueve mil cuatrocientos setenta y uno y 00/100 soles), en el marco de lo dispuesto por en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 003: Ministerio de Cultura hasta por la suma de S/ 329 471,00 (Trescientos veintinueve mil cuatrocientos setenta y uno y 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Con los vistos de la O fi cina General de Administración, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina de Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 003: Ministerio de Cultura, hasta por la suma de S/ 329 471,00 (Trescientos veintinueve mil cuatrocientos setenta y uno y 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, en la Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias y Especí fi ca del Gasto 2.4.13.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, según Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura). Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2191777-1 Inscriben ciudadanos y ciudadanas en el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000021-2023-VMI/MC San Borja, 28 de junio del 2023VISTOS; los Informes N° 000205-2023-DGPI/MC y N° 000219-2023-DGPI/MC de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas; la Hoja de Elevación N° 000440-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y