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20 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2023 El Peruano / 1.4 Los pliegos habilitados en el numeral 1.3 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas por unidades ejecutoras se consignan en el Anexo II “Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales (Nombramiento a realizarse en el último trimestre de 2023)”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2 . Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en las Transferencias de Partidas, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los numerales 1.1 y 1.3 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3 . Limitación al uso de los recursos Los recursos de las Transferencias de Partidas a que hacen referencia los numerales 1.1 y 1.3 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2191835-2 EDUCACIÓN Designan Director de Unidad de Evaluación y Otorgamiento de la Oficina de Gestión de Crédito Educativo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 119-2023-MINEDU/VMGI-PRONABEC Lima, 27 de junio de 2023VISTOS:El Informe Nº 806-2023-MINEDU-VMGI-PRONABEC- OGTA de la O fi cina de Gestión del Talento, el O fi cio Nº 284-2023-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y demás recaudos que se acompañan al Expediente Nº 55635-2023 (SIGEDO); y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director (a) de Unidad de Evaluación y Otorgamiento de la O fi cina de Gestión de Crédito Educativo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC; Que, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; y, Con el visto de la O fi cina de Gestión del Talento y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y modi fi catorias; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modi fi catorias; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29837; y el Manual de Operaciones del PRONABEC, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 705-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a Alejandro Rodrigo Zegarra Anchiluri en el cargo de Director de Unidad de Evaluación y Otorgamiento de la O fi cina de Gestión de Crédito Educativo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC. Artículo 2 .- Disponer que la O fi cina de Gestión del Talento, cumpla con noti fi car la presente resolución a Alejandro Rodrigo Zegarra Anchiluri. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el portal electrónico institucional del PRONABEC (http://www.gob.pe/pronabec) y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EMMA ANA MARÍA LEÓN VELARDE AMÉZAGA Directora EjecutivaPrograma Nacional de Becas y Crédito Educativo 2191827-1 ENERGÍA Y MINAS Autorizan publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre el Estándar Mínimo de Eficiencia Energética para fuentes de iluminación de uso doméstico y usos similares para iluminación general” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2023-MINEM/DM Lima, 29 de junio de 2023 VISTOS: El Informe Nº 15-2023-MINEM/DGEE- JWCCH de la Dirección General de E fi ciencia Energética; el Informe Nº 701-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan las políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría de ellas; asimismo, los incisos a) y e) del numeral 23.1 del artículo 23 de la citada Ley establece que son funciones