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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2023 (01/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de marzo de 2023 El Peruano / ETAPAS FECHAS PUBLICACIÓN PRELIMINAR DEL PADRÓN ELECTORAL EN LA PÁGINA WEB DE LA MSB9 - 13 MAYO INSCRIPCIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS01 DE MARZO AL 30 DE MARZO PRE – PUBLICACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS11 ABRIL PRESENTACIÓN DE TACHAS A CANDIDATOS INSCRITOS12 ABRIL AL 18 ABRIL EVALUACIÓN DE TACHAS 19 DE ABRIL AL 25 DE ABRIL PUBLICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE TACHAS26 ABRIL SORTEO DE NÚMERO DE LISTA DE CANDIDATOS APTOS27 ABRIL PUBLICACIÓN DEFINITIVA DE LISTA DE CANDIDATOS28 ABRIL ACREDITACIÓN DE PERSONEROS ANTE EL COMITÉ ELECTORAL12 MAYO CAPACITACIÓN A MIEMBROS DE MESA, CANDIDATOS Y PERSONEROS11 MAYO ELECCIONES VECINALES SÁBADO 13 DE MAYO RESOLUCIÓN DEL COMITÉ SOBRE IMPUGNACIÓN EN MESA15 DE MAYO PROCLAMACIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES16 DE MAYO IMPUGNACIÓN DE RESULTADOS FINALES 17 DE MAYO EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE IMPUGNACIÓN DE RESULTADOS FINALES18 - 19 DE MAYO PROCLAMACIÓN DEFINITIVA DE LISTAS GANADORAS23 DE MAYO INSTALACIÓN Y JURAMENTACIÓN DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOSVIERNES 16 DE JUNIO CRONOGRAMA DEL PROCESO ELECTORAL COMPLEMENTARIO JVC 2023 ETAPAS FECHAS ELECCIONES VECINALES SÁBADO 20 DE MAYORESOLUCIÓN DEL COMITÉ SOBRE IMPUGNACIÓN EN MESA24 DE MAYO PROCLAMACIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES25 DE MAYO IMPUGNACIÓN DE RESULTADOS FINALES 26 DE MAYO EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE IMPUGNACIÓN DE RESULTADOS FINALES29 DE MAYO AL 02 JUNIO PROCLAMACIÓN DEFINITIVA DE LISTAS GANADORAS05 JUNIO INSTALACIÓN Y JURAMENTACIÓN DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOSVIERNES 16 DE JUNIO Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Participación Vecinal y al Comité Electoral el cumplimiento del proceso de elección de los representantes de las Junta Vecinales Comunales que se convoca. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y encargar a Secretaría General su publicación en el Portal de Transparencia Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO ALVAREZ VARGAS Alcalde 2155732-1MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Disponen el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas, privadas y establecimientos comerciales del distrito de San Miguel DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2023/MDSM San Miguel, 17 de febrero de 2023EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el Memorando N° 316-2023-GM/MDSM, el Informe N° 064-2023-OAJ/MDSM, el Memorando Nº 075-2023-GESECI/MDSM, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Seguridad Ciudadana indica que, en la reunión del Comité de Seguridad Ciudadana realizada el día 07 de febrero de 2023, sus miembros mostraron preocupación ante los hechos que han contravenido la paz social y la institucionalidad del Estado a nivel social y, a nivel local, los avisos publicitarios que se han desperdigado por los alrededores del distrito sanmiguelino que atentaría contra el estado de derecho; Que, en base a lo convenido en la reunión antes mencionada, la Gerencia de Seguridad Ciudadana señala que, como medida excepcional, el embanderamiento del distrito a partir de la fecha hasta el 31 de marzo de 2023, con motivo que los vecinos participen y como símbolo de paz y armonía social que buscaría la participación ciudadana y generar conciencia cívica ante tales hechos; Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia al Concejo Municipal; Que, en señal de identidad con nuestros símbolos patrios, corresponde ante clamor vecinal, disponer el embanderamiento de todos los predios en general del distrito; Estando a lo expuesto, y en uso de sus facultades conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º en concordancia con el artículo 42° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modi fi catorias; SE DECRETA: Artículo 1°.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones públicas, privadas y establecimientos comerciales del distrito de San Miguel, a partir de la fecha al 31 de marzo de 2023, por los motivos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Seguridad Ciudadana, y demás gerencias competentes, el cumplimiento y monitoreo del presente Decreto. Artículo 3°.- ENCARGAR a la O fi cina de Imagen Institucional y la O fi cina de Participación Vecinal su difusión general. Artículo 4°.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto a la Secretaria General en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnología de la Información y Comunicaciones en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 2155566-1