TEXTO PAGINA: 85
85 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de marzo de 2023 El Peruano / Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009) y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia del acervo documentario registral de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción; así como de sus respectivos títulos archivados y la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil automatizadas de las Municipalidades Provinciales; la cual se hará efectiva conforme al siguiente detalle: ITEM DEPARTAMENTO PROVINCIA CAPITALFECHA DE TRANSFERENCIA ACERVO 1 PIURA PAITA PAITA 01 de marzo del 20232 LAMBAYEQUE FERREÑAFE FERREÑAFE 02 de marzo del 2023 3 LA LIBERTAD CHEPEN CHEPEN 06 de marzo del 2023 4 HUANUCOLEONCIO PRADORUPA RUPA 14 de marzo del 2023 5 LAMBAYEQUE LAMBAYEQUE LAMBAYEQUE 16 de marzo del 2023 6 PIURA SECHURA SECHURA 20 de marzo del 2023 7 HUANUCO HUANUCO HUANUCO 24 de marzo del 2023 8 PIURA HUANCABAMBA HUANCABAMBA 27 de marzo del 20239 PIURA AYABACA AYABACA 27 de marzo del 2023 10 PIURA TALARA PARIÑAS 31 de marzo del 2023 Artículo Segundo.- DISPONER que las O fi cinas de Registros del Estado Civil automatizadas detalladas en el artículo precedente, mantengan la delegación de las funciones registrales conferidas mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF y la automatización autorizada por el RENIEC. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las O fi cinas Regionales de la Dirección de Servicios Registrales, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de las Municipalidades Provinciales detallas en el artículo primero; a efectos de suscribir las actas de transferencias entre los funcionarios municipales y el RENIEC para la inmediata entrega del acervo documentario registral relativo a las secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, sus respectivos títulos archivados, así como la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera; de las O fi cinas de Registros del Estado Civil automatizadas de las citadas municipalidades provinciales al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y en los artículos primero y segundo de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- La Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles, efectuará la supervisión de la transferencia del acervo documentario al RENIEC de las O fi cinas de Registros del Estado Civil automatizadas detalladas en el artículo precedente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección de Registros Civiles, a la Dirección de Servicios Registrales y a la Ofi cina de Comunicaciones y Prensa la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2155663-1SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 00453-2023 Lima, 9 de febrero de 2023EL SECRETARIO GENERAL(a.i)VISTA:La solicitud presentada por la señora Noelia Yasmin Pino Barrios para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS Nº 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 07 de febrero de 2023, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Noelia Yasmin Pino Barrios, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. Nº 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Noelia Yasmin Pino Barrios, con matrícula número N-5037, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAUL RODDY PASTOR MEJIA Secretario General (a.i) 2151524-1