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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2023 (10/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Viernes 10 de marzo de 2023 El Peruano / En Lima, a los nueve días del mes de marzo de dos mil veintitrés. JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZA PATA Presidente del Congreso de la República MARTHA LUPE MOYANO DELGADO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 2159032-3 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Jefe de la Casa Militar del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 049-2023-PCM Lima, 9 de marzo de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 007-2023- PCM se designa, con efectividad a partir del 1 de enero de 2023, al señor General de Brigada OSCAR ALBERTO FLORES CARAHUANCO, como Jefe de la Casa Militar del Despacho Presidencial; Que, con Resolución Suprema N° 018-2023-DE, publicada el 25 de febrero de 2023 en el Diario O fi cial El Peruano, se modi fi ca el artículo 1 de las Resoluciones Supremas N° 173-2022-DE y N° 174-2022-DE, a fi n de reasignar al General de Brigada del Ejército del Perú MIGUEL MARTIN KUAN GARAY en el empleo de Jefe de la Casa Militar, por necesidad del servicio; Que, en tal sentido, corresponde dar por concluida la designación del señor General de Brigada OSCAR ALBERTO FLORES CARAHUANCO; y, en consecuencia, designar al nuevo funcionario que desempeñará el cargo de Jefe de la Casa Militar del Despacho Presidencial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el numeral 12 del artículo 1 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo N° 077-2016-PCM y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida, con efectividad a partir del 25 de febrero de 2023, la designación del señor General de Brigada OSCAR ALBERTO FLORES CARAHUANCO, como Jefe de la Casa Militar del Despacho Presidencial; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, con efectividad a partir del 25 de febrero de 2023, al señor General de Brigada del Ejército del Perú MIGUEL MARTIN KUAN GARAY, como Jefe de la Casa Militar del Despacho Presidencial. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2159033-2COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican la “Directiva para la Rendición de Cuentas de las Subvenciones Económicas otorgadas por el MINCETUR a los CITE Privados Artesanales y Turísticos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 074-2023-MINCETUR Lima, 9 de marzo de 2023VISTOS, el Memorándum N° 266-2023-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo; el Informe N° 003-2023-CAOO y el Informe N° 0011-2023-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-EVM de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía; el Memorándum N° 238-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y el Memorándum N° 307-2023-MINCETUR/SG/OGA de la Ofi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1228, se aprueba el Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, el cual tiene por fi nalidad regular la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Que, el artículo 15 del citado Decreto Legislativo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR crea los CITE artesanales y turísticos, públicos o privados, con la fi nalidad de promover la innovación tecnológica y el desarrollo de las actividades artesanales y turísticas, en el ámbito de su competencia; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, dispone que el MINCETUR mediante Resolución Ministerial establecerá el procedimiento de creación, cali fi cación, promoción, supervisión, gestión y extinción de los CITE Públicos y la califi cación de los CITE Privados, en concordancia con la política y lineamientos que dicte el ente rector; Que, mediante Resolución Ministerial N° 306-2019-MINCETUR, se aprobó la Directiva N° 006-2019-MINCETUR/DM, “Directiva para la Rendición de Cuentas de las Subvenciones Económicas otorgadas por el MINCETUR a los CITE Privados Artesanales y Turísticos”, modi fi cada mediante Resolución Ministerial N° 454-2019-MINCETUR y mediante Resolución Ministerial N° 090-2021-MINCETUR; Que, conforme a lo sustentado en los documentos de Vistos, y con la fi nalidad de garantizar la intervención de los CITE Privados en los departamentos donde se encuentran, a través de sus cinco modalidades de intervención en transferencia tecnológica, capacitación, I+D+i, difusión y articulación en bene fi cio de los artesanos, alpaqueros y emprendedores turísticos, resulta necesaria la modi fi cación de la Directiva N° 006-2019-MINCETUR/ DM “Directiva para la rendición de cuentas de las subvenciones otorgadas por el MINCETUR a los CITE Privados Artesanales y Turísticos” a través de la inclusión de una Tercera Disposición Transitoria; Que, la modi fi cación propuesta contribuye a que los CITE Privados puedan afrontar los estragos de la pandemia de la COVID-19 y el escenario de con fl ictividad social por la que atraviesa el país, factores que ocasionan que los CITE Privados no cuenten con acceso a nuevas fuentes de fi nanciamiento; Que, en consecuencia, corresponde aprobar la modi fi cación de la Directiva N° 006-2019-MINCETUR/ DM, de conformidad a lo sustentado en los informes de Vistos; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y