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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2023 (10/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Viernes 10 de marzo de 2023 El Peruano / Los Nuevos Medios, para que participe en la 26 edición del Festival de Málaga, que tendrá lugar del 10 al 18 de marzo de 2023, en la ciudad de Málaga, Reino de España; Que, el artículo 77 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea encargado de formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográ fi ca y de los nuevos medios; Que, el artículo 80 del ROF del Ministerio de Cultura, señala que la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios es la unidad orgánica encargada de diseñar, proponer, promover y ejecutar las políticas, planes, estrategias y normas para el desarrollo y promoción de la industria audiovisual, fonográ fi ca y de nuevos medios aplicados a la producción cultural. Tiene entre sus funciones establecidas en los numerales 80.3 y 80.4 del mencionado artículo, el promover y coordinar con las instituciones públicas y privadas la difusión internacional de la industria audiovisual, fonográ fi ca y de nuevos medios aplicados a la producción cultural (numeral 80.3); y, organizar, incentivar, difundir, promover y participar en exposiciones, festivales, encuentros, congresos, seminarios y otras actividades referidos al ámbito de su competencia, a nivel nacional e internacional Que, mediante el Informe N° 000097-2023-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes remite el Informe Nº 000248-2023-DAFO/MC de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, con la cual señala que resulta de interés institucional la participación de las señoras Erika Chavez Huamán e Ingrid Nicole Temple Atachagua, Directora y Analista de Seguimiento de los Estímulos Económicos de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, respectivamente; toda vez que la participación de las mismas permitirá posicionar al cine peruano en un espacio estratégico para el mercado iberoamericano y europeo, que promueve la fi nanciación, coproducción, distribución y venta de películas en español; viabilizar una oportunidad formativa en la zona de industria del Festival para los responsables de las óperas primas seleccionadas en el MAFF y para el Talent peruano; y, fortalecer la relación institucional con el Festival de cine de Málaga, dando continuidad a los acuerdos formalizados durante el año 2018; por lo que, se solicita se autorice la comisión de servicios al exterior de las citadas servidoras, del 11 al 19 de marzo de 2022; a fi n de que realicen la coordinación la participación de nuestro país en la sección Málaga Festival Industry Zone (MAFIZ) del Festival de Cine de Málaga, en los programas y/o eventos: Málaga Work in Progress, Málaga Festival Fund & Coproduction Event (MAFF), Málaga Talent, Hack Málaga, Spanish Screenings Content, Warmi Lab, Latin American Focus y demás donde la participación peruana se encuentre presente; Que, a través del Proveído N° 001909-2023-VMPCIC/ MC, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mani fi esta su conformidad con el viaje de comisión de servicios; Que, por la consideración expuesta, atendiendo a la temática del evento en mención y a los fi nes antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje de las señoras Erika Chávez Huamán e Ingrid Nicole Temple Atachagua, Directora y Analista de Seguimiento de los Estímulos Económicos de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, respectivamente, a la ciudad de Málaga, Reino de España; cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que durante el presente año la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley N° 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de representantes, servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, son autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la O fi cina General de Administración, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de las señoras ERIKA CHÁVEZ HUAMÁN e INGRID NICOLE TEMPLE ATACHAGUA, Directora y Analista de Seguimiento de los Estímulos Económicos de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, respectivamente, a la ciudad de Málaga, Reino de España, del 11 al 19 de marzo de 2023; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA) x 2: US$ 5,604.62 Viáticos (US$ 540.00 x 6 días) x 2 US$ 2,592.00 -------------------- TOTAL: US$ 8,196.62 Artículo 3.- Disponer que las servidoras señaladas en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que acuden, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2158954-1 Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Piedra Liza, ubicado en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000038-2023-DGPA/MC San Borja, 1 de marzo del 2023Vistos, el Informe de Inspección N° 01-2023-CDT/ DCS/DGDP/VMPCIC/MC de fecha 25 de enero de 2023, en razón del cual la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, sustenta la propuesta para la determinación de