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13 NORMAS LEGALES Lunes 20 de marzo de 2023 El Peruano / elaborado por el área usuaria que la proponga, en el cual se justi fi cará de igual forma la temporalidad de dicha medida, debiendo contar con la opinión favorable de la Subdirección y Dirección correspondiente, así como de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto”; Que, a través del Memorando N° 182-2023- PROMPERÚ/DO la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, traslada el Informe N° 001-2013-PROMPERÚ/DO-LON de la OCEX Londres, mediante la cual proponen la exoneración de la cuota de participación a las empresas peruanas que deseen participar en la Feria Food and Drink Even (IFE), edición 2023; Que, mediante Memorando N° 170-2023-PROMPERÚ/ DX la Dirección de Promoción de las Exportaciones, traslada el Memorando N° 292-2023-PROMPERÚ/DX-SPC de la Subdirección de Promoción Comercial, quien a su vez remite el Informe Técnico N° 022-2023-PROMPERÚ/DX-SPC-DAGN del Departamento de Agronegocios mediante el cual señala que “se propone la exoneración de la cuota de participación de las empresas, debido a la importancia del mercado, la misma que representa oportunidad a las empresas de ingresar y posicionarse en la región europea, además de motivar la presencia peruana en actividades de dicha índole. Asimismo, cabe resaltar que es la primera edición en la cual el Perú se presenta con un pabellón país”; Que, según el literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, corresponde a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional; Que, a través del Informe N° 037-2023-PROMPERÚ/ GG-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la propuesta trasladada por la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; y en consecuencia encuentra procedente aprobar la medida excepcional y transitoria, de exceptuar el requisito de pago de la cuota de participación para las empresas que deseen participar en la Feria Food and Drink Even (IFE), edición 2023; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la propuesta realizada por la OCEX Londres, trasladada por la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior y por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, atendiendo a que el mismo ha sido elaborado según las pautas señaladas en la Carta de Servicios; Que, el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, precisándose en su artículo 2 que el Titular de la Entidad, mediante Resolución, establecerá la descripciones de los bienes y servicios objeto de comercialización por parte de la Entidad, entre