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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2023 (20/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Lunes 20 de marzo de 2023 El Peruano / Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 692 291,00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de Bedaquilina 100 mg tableta y Linezolid 600 mg tableta, descritos en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias defi nidas por el Ministerio de Salud. Artículo 2.- Financiamiento El egreso y detalle de los bienes a ser adquiridos, que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud coordinará con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) el envío de los estados de cuentas, derivados de las adquisiciones efectuadas con los recursos señalados en los Anexos N°s 1 y 2, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en el Convenio de Cooperación Técnica suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, remitirá a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, información trimestral, bajo responsabilidad, de los desembolsos efectuados a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), dispuestos por la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo 6.- Saldos no utilizados Los saldos no utilizados al 31 de diciembre de 2023 de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del organismo internacional al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser devueltos al Tesoro Público de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, de acuerdo al numeral 31.4 del artículo 31 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2161674-1