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8 NORMAS LEGALES Jueves 23 de marzo de 2023 El Peruano / VISTOS: El O fi cio Nº 1446/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00635-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00410-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con O fi cio Nº 055/42, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República de Colombia informa al Director General de Educación de la Marina que, a través del O fi cio Nº 20230029110486373/ MDN-COGFM-COARC-SECAR-JEMPE-JINEN-DESFIM-SDEFI-DAEFI-DIBIL-29.25, el Director de la Escuela de Formación de Infantería de Marina de la Armada de Colombia solicita, en el marco de los acuerdos de cooperación bilateral suscritos entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de Colombia, la designación de un (1) Subo fi cial de Mar de la Marina de Guerra para desempeñarse como Instructor invitado en las áreas de Defensa de Costas y Asalto An fi bio, a llevarse a cabo en la citada Escuela de Formación, ubicada en el municipio de Coveñas de la República de Colombia, del 1 de abril al 21 de diciembre de 2023; Que, mediante O fi cio Nº 1380/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República de Colombia que, la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra, en coordinación con la Comandancia General de Operaciones del Paci fi co y la Comandancia de la Fuerza de Infantería de Marina, han designado al O fi cial de Mar 1° Ima Franklin FERIL TAPARA, para que participe como Instructor en las citadas áreas; Que, a través del Informe Legal Nº 024-2023/AS- DGE, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior del mencionado personal militar, en misión de estudios, para participar como Instructor en las áreas de Defensa de Costas y Asalto An fi bio en la Escuela de Formación de Infantería de Marina de la República de Colombia, del 1 de abril al 21 de diciembre de 2023; Que, con O fi cio Nº 338/52, la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra remite a la Comandancia General de la citada Institución Armada la documentación para la tramitación de la autorización del viaje al exterior, adjuntano la Exposición de Motivos, a través de la cual señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la misión de estudios del citado O fi cial de Mar, por cuanto, promoverá el intercambio de Instructores en temas relacionados a las mencionadas áreas, así como mantener un estrecha relación con la República de Colombia, dado los intereses comunes que se comparten con el citado país. Asimismo, permitirá al personal designado adquirir conocimientos y experiencias, que redundarán en bene fi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, la Hoja de Gastos Nº 046-2023 suscrita por la Ofi cina General de Administración y la Dirección General de Educación de dicha Institución Armada, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos, pasajes terrestres y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; asimismo, con la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 046-2023, el Jefe de la Ofi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la citada Institución detalla los recursos que se ejecutarán en la misión de estudios; y, a través de las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000004 y Nº 0000000325 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la citada actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al tesoro público; Que, con O fi cio Nº 1446/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del O fi cial de Mar 1° Ima Franklin FERIL TAPARA, para que participe como Instructor en las áreas de Defensa de Costas y Asalto An fi bio, a realizarse en la Escuela de Formación de Infantería de Marina, ubicada en el Municipio de Coveñas (Sucre), República de Colombia, del 1 de abril al 21 de diciembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 31 de marzo y su retorno el 22 de diciembre de 2023; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, conforme al artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la situación militar de los Supervisores, Técnicos y Subo fi ciales u O fi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 21 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2013-DE, establece que el personal nombrado en comisión de servicio o misión de estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21 del referido decreto legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo; Que, con O fi cio N° 00635-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 137-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00410-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que es legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior del O fi cial de Mar 1° Ima Franklin FERIL TAPARA, en misión de estudios, para participar como Instructor en las áreas de Defensa de Costas y Asalto An fi bio, a realizarse en la Escuela de Formación de Infantería de Marina de la República de Colombia, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.