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79 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2023 El Peruano / fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, prorrogar los nombramientos y designaciones del personal fi scal que ocupan provisionalmente las plazas fi scales creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 037-2020-MP-FN-JFS, de fecha 23 de julio de 2020, los mismos que tendrán vigencia a partir del 01 de abril y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar los nombramientos y/o designaciones del personal fi scal que ocupa las plazas fi scales creadas mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 037-2020-MP-FN-JFS, de fecha 23 de julio de 2020, tengan vigencia a partir del 01 de enero y hasta el 31 de marzo de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Segundo.- Disponer, de ser el caso, las reservas de plazas del personal administrativo y las retenciones de cargo de carrera del personal fi scal cuyo nombramiento se ha prorrogado en la presente resolución, conforme la normativa vigente para dicha materia. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2165406-1 Prorrogan nombramientos y/o designaciones de personal fiscal que ocupan provisionalmente plazas fiscales materia de diversas resoluciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 765-2023-MP-FN Lima, 30 de marzo de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resoluciones de la Junta de Fiscales Supremos Nros. 175 al 187-2022-MP-FN-JFS, todas de fecha 16 de diciembre de 2022, se prorrogaron las vigencias de las plazas fi scales transitorias existentes, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023. Que, la Fiscal de la Nación, es la titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y oportuno. Que, mediante el o fi cio Nº 2887-2023-MP-FN- FSNCEDCF, los o fi cios Nros. 879 y 1329-2023-MP-FN- CN-FEVCMYGF, el o fi cio Nº 263-2023-MP-FN-CFSN- FPS-DHIT, los o fi cios Nros. 32(A) y 39(A)-2023-MP-FN-FSCN-FECCO, los informes Nros. 09 y 10-2023-MP-FN-FSTEPDCN-CNFEPD y el o fi cio Nº 577-2023-MP-FN-FSTEPDCN-CNFEPD, el o fi cio Nº 141-2023-FSC-EFICCOP-MP-FN, el o fi cio Nº 548-2023-MP-FN-FSCNFEED, el o fi cio Nº 589-2023-OCE- FEDTID, el o fi cio Nº 103-2023-AEIYDC-MP-FN, el o fi cio Nº 88-2023-MP-FN-DC, el o fi cio Nº 469-2023-MP-FN-CN- FEMA, el o fi cio Nº 293-2023-MP-FN-FSCN-FEDTP, el ofi cio Nº 27(A)-2023-MP-FN-CFSPN-FPS-DTC, los ofi cios Nros. 784, 806, 807, 848, 935, 979 y 1153-2023-FSCN-FISLAA-MP-FN, el o fi cio Nº 144-2023-MP-FN-UFEC, el o fi cio Nº 77-2023-FSP.CN. DCO y CF-CB-MP-FN (Coord.), los o fi cios Nros. 465, 466 y 470-2023-FSCEE-MP-FN, el o fi cio Nº 88-2023-MP-FN- 1°FSUPR.P, el o fi cio Nº 113-2023-MP-FN-2FSP, el o fi cio Nº 62-2023-MP-FN-FSF, el o fi cio Nº 63-2023-MP-FN- FEDCFP, los o fi cios Nros. 55 y 88-2023-MP-FN- FSTEDCFP, el o fi cio Nº 82-2023-MP-FN-2°FSTEDCFP, el ofi cio Nº 4225-2023-MP-FN-UCJIE-BTM, el o fi cio Nº 367-2023-MP-FN-PJFSAMAZONAS, el o fi cio Nº 423-2023-MP-FN-PJFSANCASH, el o fi cio Nº 300-2023-MP-FN-PJFSAPURIMAC, el o fi cio Nº 242-2023-MP-FN-PJFSAREQUIPA, los o fi cios Nros. 575 y 609-2023-MP-FN-PJFSAYACUCHO, el o fi cio Nº 202-2023-MP-FN-PJFSCAJAMARCA, el o fi cio Nº 518-2023-MP-FN-PJFSCALLAO, los o fi cios Nros. 316, 330 y 414-2023-MP-FN-PJFSCAÑETE, el o fi cio Nº 603-2023-MP-FN-PJFSCUSCO, el o fi cio Nº 315-2023-MP- FN-PJFSHUANCAVELICA, el o fi cio Nº 907-2023-MP-FN- PJFSHUANUCO, el o fi cio Nº 667-2023-MP-FN- PJFSHUAURA, el o fi cio Nº 462-2023-MP-FN-PJFSICA, el ofi cio Nº 673-2023-MP-FN-PJFSJUNIN, los o fi cios Nros. 611 y 1099-2023-MP-FN-PJFS LALIBERTAD, el o fi cio Nº 651-2023-MP-FN-PJFSLAMBAYEQUE, los o fi cios Nros. 1953, 1954 y 2690-2023-MP-FN-PJFSLIMA, los o fi cios Nros. 1086 y 1487-2023-MP-FN-PJFS-DFLE, el o fi cio Nº 832-2023-MP-FN-PJFS LIMANORTE, el o fi cio Nº 913-2023-MP-FN-PJFS LIMASUR, el o fi cio Nº 513-2023-MP-FN-PJFS LIMANOROESTE, el o fi cio Nº 1014-2023-MP-FN-PJFSLORETO, el o fi cio Nº 348-2023-MP-FN-PJFSMADREDEDIOS, el o fi cio Nº 318-2023-MP-FN-PJFSMOQUEGUA, el o fi cio Nº 312-2023-MP-FN-PJFSPASCO, el o fi cio Nº 299-2023-MP- FN-PJFS PIURA, el o fi cio Nº 400-2023-MP-FN- PJFSPUNO, el o fi cio Nº 1003-2023-MP-FN-PJFS- SANMARTIN, el o fi cio Nº 654-2023-MP-FN-PJFSSANTA, el ofi cio Nº 243-2023-MP-FN-PJFS SELVACENTRAL, el ofi cio Nº 315-2023-MP-FN-PJFSSU, el o fi cio Nº 463-2023-MP-FN-PJFSTACNA, el o fi cio Nº 207-2023-MP- FN-PJFSTUMBES, el o fi cio Nº 69-2023-MP-FN- PJFSUCAYALI, cursados respectivamente por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, por la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, la Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, la Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, la Ofi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías