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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2023 (31/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2023 El Peruano / Que, el numeral 3.3 del Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que son competencias y funciones especí fi cas generales de los gobiernos locales, promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles; asimismo, el numeral 13) del Artículo 82º concede a las Municipalidades como competencias y funciones especí fi cas compartidas con el gobierno nacional y el regional, promover la cultura de la prevención, mediante la educación para la preservación del ambiente; por su parte el Artículo 9º, numeral 7), concede atribuciones al Concejo Municipal para aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional; Que, el Artículo 8.2 de la Ley Nº 28611, señala que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional de Ambiente y deben guardar concordancia entre sí, asimismo, el literal h) del numeral 127.2, de la citada norma; establece que el Ministerio de Educación y la Autoridad Ambiental Nacional coordinan con las diferentes entidades del Estado para el cumplimiento de la Política Nacional de Educación Ambiental, teniendo entre sus lineamientos orientadores, desarrollar programas de educación ambiental, como base para la adaptación e incorporación de materia y conceptos ambientales en forma transversal, en los programas educativos formales y no formales de los diferentes niveles; Que, mediante Resolución Ministerial N° 003-2023-MINAM, se aprueba el instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA); Que, el numeral 5) de los estándares de cumplimiento de los lineamientos de Política de Educación Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2012-ED, la Política Nacional de Educación Ambiental es un instrumento de cumplimiento obligatoria que orienta las actividades públicas y privadas en el marco del proceso estratégico de desarrollo del país; Que, mediante Informe de vistos, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental eleva el proyecto de Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (EDUCCA) de la Municipalidad Distrital de Barranco – 2023, cuyo objetivo es establecer las bases de una educación ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las organizaciones públicas y privadas, mediante disposiciones y acciones educativas para mejorar la calidad de vida de la población del distrito de Barranco; Que, la Municipalidad Distrital de Barranco, requiere de un instrumento normativo que establezca un marco de acción claro, especí fi co y contextualizado en materia de educación, cultura y ciudadanía ambiental vía lineamientos y actividades que contribuya directamente a los objetivos de desarrollo sostenible local, regional y nacional; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de sus miembros, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO - 2023 “EDUCCA-BARRANCO” Artículo Primero.- APROBAR el PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO - 2023 “EDUCCA-BARRANCO”, el mismo que consta de 19 folios y forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- Reconocer por buenas prácticas ambientales a los niños, adolescentes y jóvenes que realizan las buenas prácticas ambientales como aporte al desarrollo sostenible del distrito de Barranco, de conformidad con el “Instructivo para la implementación del reconocimiento a las Buenas Prácticas Ambientales Cverde”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 003-2015-MINAM. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Gerencia Turismo, Educación y Cultura, disponer lo pertinente para la correcta implementación de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización designar, cada año, el presupuesto para el Programa aprobado, a fi n de cumplir con el plan de acción anual aprobado. Artículo Quinto.- Alcanzar, la presente Ordenanza Municipal, así como el anexo de la misma, al Ministerio de Ambiente para los fi nes de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía el informe nacional del estado del ambiente. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental la noti fi cación de la presente Ordenanza al Ministerio del Ambiente; a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y, al Área de Sistemas y Tecnologías de la Información, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Establecer que, antes de fi nalizado el periodo de ejecución anual del programa, se realizará una evaluación ex-post, a fi n de plantear la propuesta de mejoras del siguiente año del Plan de Acción. Segunda.- Establecer la participación activa de las instituciones y organizaciones locales identi fi cadas, en el Programa Municipal EDUCCA-Barranco. Regístrese, comuníquese y, publíquese.JESSICA ARMIDA VARGAS GOMEZ Alcaldesa 2165430-1 Prorrogan la gestión de los Consejos Directivos de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Barranco SEGUNDA PRÓRROGA DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES DEL DISTRITO DE BARRANCO PARA EL PERIODO 2021-2022 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2023-MDB LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS:El Informe N° 014-2023-GPVBS-MDB emitido por la Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social de fecha 09 de marzo del 2023 y, el Informe N° 142-2023-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 15 de marzo del 2023, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con en