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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2023 (06/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 130

130 NORMAS LEGALES Sábado 6 de mayo de 2023 El Peruano / Ciudadano remite los actuados del proyecto de Ordenanza que establece los bene fi cios para el pago de multas administrativas en el Distrito de Comas al Reg. Hershel Aguilar Cabrera, Presidente de la Comisión de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal, para su evaluación, estudio y emisión del Dictamen correspondiente; Que, mediante el Dictamen N°10-2023-CEAFPPTM/ MDC de fecha 05 de abril de 2023, la Comisión de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal, recomienda al Pleno del Concejo Municipal, aprobar el proyecto de Ordenanza que establece los bene fi cios para el pago de multas administrativas en el Distrito de Comas; con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del artículo 9°, y los artículos 39° y 40° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipales, con el voto por Unanimidad de los miembros del Concejo Municipal de Comas; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN EL DISTRITO DE COMAS Artículo Primero.- OBJETIVO La presente ordenanza tiene como objetivo otorgar bene fi cios para la cancelación al contado de las multas administrativas, en la jurisdicción del Distrito de COMAS. No admitiéndose pago fraccionado o en especie. Artículo Segundo.- ALCANCES Se podrán acoger al presente bene fi cio aquellas personas naturales o jurídicas que mantengan deuda pendiente de pago de multas administrativas en cobranza ordinaria o en cobranza coactiva. Artículo Tercero.- VIGENCIA El bene fi cio rige desde el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” hasta el 30 de junio de 2023. Artículo Cuarto. - BENEFICIOS Las resoluciones de sanciones administrativas (MULTAS) emitidas el 31 de diciembre del 2022, podrán ser canceladas al contado hasta el término de la vigencia de la presente Ordenanza con un descuento en el importe original de las mismas, De acuerdo al siguiente detalle: a) Multas administrativas impuestas hasta el año 2020: 90% de descuento b) Multas administrativas impuestas hasta el año 2021: 80% de descuento c) Multas administrativas impuestas hasta el año 2022: 70% de descuento Las multas administrativas contenidas en procedimientos administrativos sancionadores dejados por la comisión de conductas tipi fi cadas en la línea de acción 03: MORAL Y ORDEN PUBLICO del cuadro de infracciones y sanciones – CUIS, se encuentran excluidas del presente bene fi cio. Asimismo, NO comprenderá las medidas cautelares en forma de retención efectivamente trabadas, el pago de la multa no exime al administrado el cumplimiento de la medida correctiva u complementaria que corresponda. Artículo Quinto.- GASTOS Y COSTAS Los administrados que paguen deudas por concepto de multas administrativas en estado de cobranza ordinaria o coactiva, se verán bene fi ciados con la condonación del 100% de los reajustes, costas y gastos administrativos generados por dicho procedimiento. Artículo Sexto.- RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y DESISTIMIENTO DE RECURSOS El pago voluntario acogiéndose al presente bene fi cio, constituye el reconocimiento tácito de la conducta infractora.El pago de las multas administrativas con los bene fi cios establecidos en la presente ordenanza implica el desistimiento automático de los recursos pendientes de atención, de reconsideración, apelación u otros impuestos contra los procedimientos sancionadores iniciados, ante la Administración o ante el Poder Judicial. Para lo cual deberán presentar copia del cargo del escrito de desistimiento presentado ante los órganos competentes respectivos en el plazo de 30 días hábiles de haberse acogido al bene fi cio, de lo contrario se revertirá el bene fi cio aplicado y se procederá a computar en la deuda del obligado el monto cancelado como pago a cuenta. Artículo Sétimo. - DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA No gozaran de los bene fi cios previstos en la presente ordenanza, las Resoluciones de Sanción (MULTAS) comprendidas dentro del proceso de revisión judicial del procedimiento de la ejecución coactiva o con demanda contencioso administrativa ante el órgano jurisdiccional. Durante la vigencia de la presente Ordenanza no se suspenderá los procedimientos de cobranza coactiva, generados en merito a sanciones administrativas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Los pagos realizados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no serán posibles de devolución o compensación, así como tampoco los pagos realizados durante la vigencia de la misma. Segunda.- Encargar a la O fi cina General de Administración, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte, así como a sus respectivas unidades orgánicas y a la O fi cina de Tecnología de la Información, el cumplimiento de la presente Ordenanza; a la O fi cina General de Atención al Ciudadano su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, y O fi cina de Comunicaciones la difusión de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad de Comas (www.municomas.gob.pe). Tercera.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte y sus unidades orgánicas, Subgerencia de Fiscalización y Subgerencia Ejecutoria Coactiva Administrativa a través de sus módulos de atención a los administrados, brindara a los interesados, la información necesaria para que se acojan adecuadamente a los alcances de la presente Ordenanza. Cuarta.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza suspéndase las normativas municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Quinta.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer prórrogas en la vigencia de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ULISES VILLEGAS ROJAS Alcalde 2174734-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2024 de la Municipalidad de Pueblo Libre RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 086-2023-MPL Pueblo Libre, 14 de marzo del 2023